Aída Ramírez Marín
A diferencia de todo el sector empresarial que aplaudió la aprobación de la miscelánea fiscal para 2016, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) señaló que la deducción total de gastos médicos y hospitalarios por incapacidad laboral, aprobada este lunes por la Cámara de Diputados, es inequitativa y atenta contra los trabajadores de bajos salarios y la seguridad social.
En ese sentido, el ombudsman del contribuyente señaló que como parte de la aprobación de la miscelánea fiscal para 2016, la Cámara de Diputados modificó la iniciativa del Ejecutivo para incluir este tema, al adicionar la fracción primera del artículo 151 de la Ley del ISR.
Asimismo, explicó que los diputados establecieron la deducción total de los gastos médicos y hospitalarios, incluyendo los que se generen con motivo de servicios de enfermería, estudios clínicos, prótesis o rehabilitación, es decir, de todos los gastos de ese tipo.
De ahí que en su opinión, consideró que esto sería muy loable si se otorgara a todos los contribuyentes, pues garantizaría su derecho a la salud; pero el caso es que la deducción ilimitada de este tipo de gastos, ampara sólo a aquellos trabajadores que cuentan con seguridad social en el IMSS, ISSSTE o ISSFAM.
La Prodecon estimó que la reforma es altamente regresiva e inequitativa ya que las personas que en México tienen que autoemplearse para vivir y carecen por tanto de seguridad social, seguirán teniendo como tope de deducción para sus gastos médicos y hospitalarios el equivalente al 10 por ciento de su salario.
Este es el caso de agentes vendedores y comisionistas que trabajan por su cuenta, profesionistas y arrendador con bajos ingresos, personas de la tercera edad que viven de sus intereses, añadió.
Refirió que estas personas que ganan entre 30 mil y 100 mil pesos anuales y que además carecen de seguridad social, no podrán deducir más que el 10 por ciento de sus exiguos sueldos, aun cuando tengan que afrontar directamente los gastos por enfermedad.
En cambio, observó que los trabajadores, ejecutivos o servidores públicos que obtengan altos sueldos o que incluso tengan otros ingresos por renta, intereses, entre otros, podrán ir con médicos privados o atenderse en hospitales privados deduciendo el total de sus gastos.
El ombudsman del contribuyente agregó que si bien la deducción aprobada se acota a que los gastos sean estrictamente indispensables y que correspondan a incapacidades mayores al 50 por ciento, lo cierto es que esta modificación aprobada ayer atenta contra el sistema mismo de seguridad social.
Resaltó que ello parece indicar que si el IMSS, ISSSTE o ISSFAM no proporcionan, como es su obligación, todos los servicios médicos necesarios para cubrir la incapacidad del trabajador, éste los puede erogar por su cuenta y serán deducibles sin límite alguno.
Sin embargo, “se desconoce que es mandato Constitucional que exista un sistema público de seguridad social, lo cual implica que las incapacidades que por enfermedad o riesgo de trabajo que sufran los trabajadores deben ser cubiertas por un seguro público, denominado seguro social.
“Desde el momento en que la reforma aprobada prevé que el trabajador asegurado deduzca los gastos médicos que él erogue por su cuenta se vulnera la fortaleza del sistema de seguridad social”, consideró.
Para la Prodecon también resulta evidente que la modificación votada sólo favorecerá a los trabajadores de altos sueldos, que son lo que se encuentran en los deciles de ingresos más elevados de la población.
Mencionó que estos trabajadores sólo acuden al IMSS, ISSSTE o ISSFAM para obtener su certificado de incapacidad, pero erogan por su cuenta los gastos que les ocasiona su enfermedad o accidente atendiéndose en hospitales y con médicos privados.
Y los trabajadores que perciben bajos salarios difícilmente podrán afrontar por ellos mismos los gastos que nos les provean las instituciones de seguridad social, puntualizó.