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A unas horas de que venza el plazo que fijo el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación para que el PRI resuelva el caso Cuauhtémoc Gutiérrez de la Torre; Itali Ciani Sotomayor presentó el lunes pasado su renuncia como presidenta de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria.
En su lugar fue designada Araceli Tirado Gálvez, quien se ha desempeñado como diputada federal suplente por Sinaloa, secretaria ejecutiva de la Comisión Política Permanente del Consejo Político Estatal del PRI y dirigente juvenil del Frente Revolucionario en Sinaloa.
Fuentes del partido confirmaron a Noticias MVS que el dirigente nacional del PRI, César Camacho Quiroz, giro instrucciones para que la Comisión Nacional de Justicia Partidaria exonere a Gutiérrez de la Torre, resolución que se hará oficial en el transcurso de las próximas horas, esto a pesar de existir los elementos suficientes para aprobar la expulsión.
Esta decisión de Camacho Quiroz, señalaron las fuentes, fue la que orilló a Ciani Sotomayor a separarse del cargo, ya que una resolución de este tipo iba en contra de sus principios y de la lucha a favor de la defensa de las mujeres.
Indicaron que algunos de los argumentos para sustentar la exoneración de Cuauhtémoc Gutiérrez, los esgrimió ayer César Camacho durante una entrevista radiofónica, en donde señaló que “tres de las cuatro imputaciones contra Gutiérrez de la Torre se han extinguido porque tienen muchos años”.
Señalaron que una prueba “estelar” para expulsar a Cuauhtémoc Gutiérrez es el juicio laboral que iniciaron dos mujeres en el 2003 y por el que el PRI tuvo que pagar cerca de 3 millones de pesos, dinero que fue aportado en su totalidad por el partido.
Sobre este punto y contrario a lo que declaró César Camacho, el artículo 140 del Código de Justicia Partidaria establece que “para los efectos previstos en el título de los procedimientos sancionadores, transcurrido un año sin que se realicen actos procesales válidos, tendentes a materializar el fin sancionador por parte de la Comisión de Justicia Partidaria que corresponda, operará la caducidad de la facultad sancionadora de la misma”.
Las fuentes consultadas explicaron que en el caso de Gutiérrez de la Torre, este artículo aún no aplica, debido a que todavía no se cumple un año de que se presentaron las denuncias en contra del ex dirigente del PRI capitalino, denuncias en las que se incluyó como prueba el juicio laboral.