El Instituto Nacional Electoral (INE) detectó 17 mil 776 firmas de personas fallecidas que fueron entregadas para solicitar la realización del ejercicio de revocación de mandato, de las cuales casi 15 mil fueron proporcionadas por la organización «Que Siga la Democracia».
- El proyecto, que propone multar a la asociación con medio millón de pesos, así como dar vista a la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, fue aprobado por la Comisión de Quejas y Denuncias, y deberá votarse en la próxima sesión del Consejo General del INE.
La organización Que Siga la Democracia es encabezada por la morenista Gabriela Jiménez, quien incluso fue candidata a una diputación federal por el partido Morena.
En la sesión de la comisión, el consejero electoral Ciro Murayama explicó que la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores hizo una investigación sobre los supuestos apoyos a este ejercicio, porque correspondían a nombres de ciudadanos fallecidos con antelación a que iniciara el proceso de recolección de firmas.
- Recordó que durante este periodo se entregaron un millón 382 mil mediante la aplicación del INE y en físico la cifra fue de 9 millones 759 mil apoyos. “En estos formatos físicos advertimos que no hay control que permita asegurar que hay una persona con su voluntad detrás de cada apoyo”, puntualizó.
- El consejero advirtió que esta organización tuvo acceso a fotocopias de credenciales de personas fallecidas y falsificaron firmas, es decir, se hizo un uso ilegal de datos, lo que constituye un delito.
- La consejera electoral Claudia Zavala lamentó el uso indebido de documentos oficiales en un ejercicio de participación ciudadana que tendría que tener apoyos auténticos. “Queda evidenciado el comportamiento antidemocrático, respecto de la recabación de algunos apoyos para el tema de revocación de mandato”, subrayó la consejera.
“No se verificó que ya habían muerto y están dando apoyos. Eso sí es de lamentar, es un comportamiento que no corresponde a demócratas, sino a un sistema donde se abusa de los instrumentos que la ciudadanía dio para algún otro trámite y le están dando un uso indebido”, señaló Zavala Pérez.
En tanto, dijo que, si bien el INE no tiene facultades en materia penal, insistió en que se deben desplegar las acciones necesarias contra esta falta, porque constituye un delito electoral.
- En junio del año pasado, la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) detectó que al menos 401 espectaculares para promocionar el pasado ejercicio de revocación de mandato se adquirieron mediante operaciones con terceros o prestanombres, y halló, de manera preliminar, diversas irregularidades al fiscalizar los gastos que se utilizaron en ese ejercicio.
El órgano electoral detectó también que algunos contratantes de los anuncios espectaculares recibieron depósitos en efectivo para que pudieran solventar el gasto de los anuncios e, incluso, encontró transferencias desde el extranjero.
En otros casos, los anuncios fueron contratados por ciudadanos que solamente fueron identificados con el nombre de pila, sin apellidos.
El 10 de abril del año pasado, con una participación de 17% del padrón, nueve de cada 10 participantes en la consulta de revocación de mandato votaron a favor de la continuidad del Presidente en el cargo hasta el fin de su mandato en 2024.
Sheinbaum sí violó la ley durante proceso de revocación de mandato 2022
La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, sí incurrió en la difusión de propaganda gubernamental durante el proceso de Revocación de mandato celebrado en 2022, aplicado al presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
- Así lo resolvió la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que confirmó la sentencia dictada por la Sala Regional Especializada hace algunos meses, tras una denuncia presentada por el PRD.
La denuncia se originó luego de que la mandataria capitalina tuvo una intervención en la conferencia mañanera de López Obrador el 10 de marzo de 2022 en donde habló de los avances en el proyecto de mejoramiento en el Bosque de Chapultepec, lo que fue tomado como propaganda gubernamental en medio de un proceso organizado por el Instituto Nacional Electoral (INE), lo cual es violatorio a la ley.
Asimismo, la Sala Regional Especializada multó en aquel entonces a diversas concesionarias de radio y televisión, como al Sistema Michoacano de Radio y Televisión, al Sistema Chiapaneco de Radio, Televisión y Cinematografía, al Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, la Estación de Televisión XEIPN y al Canal Once del Distrito Federal.
- Sin embargo, las instituciones denunciadas impugnaron la medida, pues argumentaron que la sala que dictaminó “no fundó ni motivó su resolución, que su análisis no cumplió con el parámetro de exhaustividad y que indebida la valoración de los elementos”, se lee en la información revelada por el TEPJF.
- Por su parte, la jefa de Gobierno —en ese mismo sentido— argumentó que los mensajes que pronunció en aquella conferencia con relación a acciones y avances del proyecto en Chapultepec no son meritorios de una infracción, pues no se pueden calificar como propaganda gubernamental, sino meramente de corte informativo.
Fue así que el caso llegó hasta la Sala Superior del TEPJF, la cual resolvió que, en efecto, la sentencia inicial es aplicable. Durante una sesión pública presencial —a propuesta del magistrado José Luis Vargas Valdez— se determinó que la Sala Especializada tiene la razón.
- “Las manifestaciones denunciadas no están relacionadas con un contenido informativo vinculado con aspectos educativos, sino son la difusión de propaganda gubernamental, ya que presentan una acción de gobierno a través de la exposición del proyecto del Bosque de Chapultepec”, determinó por unanimidad la Sala.
“En estricto sentido, la difusión del proyecto del Bosque de Chapultepec se realizó con la pretensión de resaltar logros de gobierno”
- De acuerdo con dicho órgano jurisdiccional, la intención de Claudia Sheinbaum al presentar dicha información era generar aceptación o simpatía por parte de la ciudadanía hacia el gobierno federal en medio del proceso de revocación de mandato, “lo cual es contradictorio a la prohibición constitucional de transmitir este tipo de propaganda durante dicho proceso”, se lee en la resolución.
- Asimismo, la Sala Superior consideró que las declaraciones de Sheinbaum Pardo tampoco caben dentro de los tópicos que gozan de excepción en dichos procesos, los cuales son en temas de salud, educación o protección que civil (que sí pueden ser tratados en medio de estos procedimientos), así como otras temáticas que tengan como finalidad la presentación de información de carácter “impostergable” para la ciudadanía.
Por otra parte, hace unos días el Tribunal Electoral también resolvió que Claudia Sheinbaum “vulneró los principios constitucionales de imparcialidad y equidad en la contienda de la gubernatura de Tamaulipas”, luego de que fue parte del cierre de campaña del candidato de Morena (quien ganó), Américo Villarreal.
De este modo, por unanimidad de votos, la Sala Superior volvió a dar la razón a la Sala Regional Especializada que emitió inicialmente la sentencia en contra de la mandataria tras una denuncia presentada por el Partido Acción Nacional (PAN).
AMLO debe evitar hablar de revocación de mandato
El presidente Andrés Manuel López Obrador deberá abstenerse de opinar o hablar sobre el proceso de revocación de mandato, hasta el 10 de abril cuando se realice el ejercicio.
Así lo determinó por unanimidad la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE), derivado de una queja interpuesta por el PRD, que argumentó un uso indebido de recursos públicos del presidente al destinar tiempo de su conferencia de la mañanera al promocionar la revocación de mandato.
- El pasado 1 de febrero, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que le permitía a los partidos políticos promover la participación ciudadana en el ejercicio de revocación de mandato, pues sostuvo que solo será una tarea del INE.
- También determinó que el INE podrá instalar menos casillas de las que inicialmente fueron establecidas para la revocación de mandato, al número que “permita el presupuesto que hasta el momento tiene programado”.
- Además, indicó que no se ejecutará “resolución sobre algún tipo de responsabilidad penal o administrativa en contra de los integrantes del Consejo General de dicho Instituto, en los términos y para los efectos que se indican en este acuerdo”.
La Comisión de Quejas también resolvió que el presidente deberá eliminar temporalmente de sus plataformas la conferencia del pasado 2 de febrero, donde habló de la pregunta que aparecerá en la boleta de revocación de mandato./Agencias-PUNTOporPUNTO