Si el Gobierno mexicano consuma una reforma constitucional que frene la participación de la iniciativa privada en el sector eléctrico, iría en contra de los compromisos adquiridos en el Tratado Comercial con Estados Unidos y Canadá (T-MEC), coincidieron abogados y ex negociadores del acuerdo.
- El T-MEC -cuyas negociaciones iniciaron en el Gobierno de Enrique Peña- fue avalado por el Presidente Andrés Manuel López Obrador y representantes de su Gobierno. En diciembre de 2019, firmó con los gobiernos de EU y Canadá el Protocolo Modificatorio del mismo.
- Especialistas indicaron que si México hace modificaciones constitucionales, enfrentaría controversias, arbitrajes internacionales y demandas por daños, también en el marco del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT), indicaron.
En ambos acuerdos existe un principio llamado ratchet, donde no se permite que una vez liberalizado un sector, se vuelva a cerrar o regresar al punto antes de su liberalización, detalló Mónica Lugo, ex negociadora de ambos pactos.
- Kenneth Smith, ex jefe negociador del T-MEC, dijo que en el artículo 32.11 de este tratado, México se comprometió a no imponer medidas más restrictivas que las que se impusieron en los demás acuerdos que México ha firmado, como el TIPAT.
En el TIPAT se otorgó el acceso que dio la reforma energética de 2013, apuntó.
«No puede echarse para atrás la reforma energética sin violar el T-MEC, TIPAT y la nueva versión del Tratado con la Unión Europea (que todavía no entra en vigor)», advirtió Smith, actual socio en Argon.
«Desde el punto de vista internacional, no puedes simplemente cambiar tu Constitución para darle vuelta a un compromiso del tratado», agregó Juan Antonio Dorantes, socio director de Dorantes Advisors.
Ante las suspensiones decretadas por algunos jueces en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, aprobada hace unas semanas, el Presidente Andrés Manuel López Obrador, advirtió que, de prosperar esas decisiones judiciales, optaría por promover una reforma constitucional.
- Incluso ya ha señalado que el artículo 8.1 del actual Tratado con EU y Canadá, donde se reconoce el dominio y la propiedad inalienable de México sobre los hidrocarburos, le protege para una reforma constitucional sin contrariar el acuerdo trilateral.
Al respecto, Juan Carlos Baker, ex subsecretario de comercio, dijo que el capítulo 8 no tiene qué ver con la parte de electricidad, pues sólo aplica para temas de hidrocarburos, y tampoco alcanza para justificar la modificación a la Ley de la Industria Eléctrica.
Desarrollos Eólicos Mexicanos interpone amparo contra reforma eléctrica
La empresa Desarrollos Eólicos Mexicanos (Demex) se suma a las compañías que interpusieron un amparo en contra de la reforma a la Ley de Industria Eléctrica (LIE) publicada la semana pasada al considerar que su aplicación resultante inconstitucional y perjudicial para su actividad.
- En un comunicado enviado al público inversionista de la Bolsa Mexicana de Valores (BMV), la compañía especializada en la promoción, explotación, gestión y venta de electricidad generada a través de fuentes de energía renovable informó que la demanda la interpuso el 11 de marzo, dos días después de que la reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación.
El miércoles pasado, la demanda fue admitida por el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, el mismo que otorgó las primeras suspensiones provisionales contra la reforma Eléctrica.
- Demex, filial mexicana de Renovalia Reserve, una compañía creada en 2011 por Renovalia Energy y First Reserve, el mayor fondo de inversión de energía e infraestructuras del mundo, obtuvo anteriormente una resolución favorable a un amparo en contra del Acuerdo por el que se emite la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, mejor conocido como Decreto Nahle y publicado por la Secretaría de Energía (Sener) en el primer semestre del año pasado.
Recordó que derivado de la primera demanda de amparo interpuesta en junio de 2020, el 4 de marzo pasado la Sener tuvo que dejar insubsistente este decreto que planteaba lo mismo que quedó plasmado en la iniciativa de reforma a la LIE que promovió el presidente López Obrador, aprobó el Congreso de forma veloz y ahora es motivo de litigio en tribunales.
La empresa que suministra energía a compañías como Grupo Bimbo y Walmart espera la suspensión definitiva a las modificaciones a la ley eléctrica para el próximo 23 de marzo.
Posponen fallo
Previo a esta resolución, el Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, con residencia en la Ciudad de México, decidirá este viernes si otorga las primeras suspensiones definitivas a las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana que interpusieron amparo en contra de la reforma eléctrica.
- Si el juez Juan Pablo Gómez Fierro concede la suspensión provisional, la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica seguirá suspendida por varios meses, hasta en tanto el impartidor de justicia analice, y en su caso otorgue el amparo a las empresas que han pedido la protección federal.
- En dos audiencias incidentales llevadas a cabo el mediodía de este jueves, el juez Fierro escuchó los argumentos de los apoderados legales de las empresas Eoliatec del Pacífico y Parque Solar Orejana, afectados por la reforma a la ley de la industria eléctrica.
También representantes jurídicos de la Secretaría de Energía que presentaron algunas pruebas. “El juzgado evaluará lo expuesto y este viernes por la mañana será publicado la resolución sobre las suspensiones”, informó el Consejo de la Judicatura Federal.
Se señala que la suspensión en el juicio de amparo se entiende como la detención del acto reclamado, en este caso, la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica, para que, si no se ha producido, no nazca y, si ya se inició , no prosiga, con la finalidad de que se detenga temporalmente, que se paralicen sus consecuencias o resultados y que se evite su realización.
En tanto, ya son dos los jueces que han concedido más de 40 suspensiones provisionales, con efectos generales, contra la reforma del presidente Andrés Manuel López Obrador.
- El juez Rodrigo de la Peza López Figueroa, juez primero de distrito en materia administrativa, especializado en competencia económica, concedió varias sus pensiones provisionales. Lo mismo ha sucedido con Juan Pablo Gómez Fierro, juez segundo de distrito en materia administrativa, también especializado en competencia económica, quien el miércoles concedió tres nuevas suspensiones, que se suman a 11 que ya había otorgado.
Los jueces informaron que las suspensiones impugnadas tienen efectos generales, es decir, no sólo benefician a las empresas que pidieron amparo, sino que beneficiarian a todo el sector.
En tanto, el juez Fierro informó que recibió un amicus curiae, figura jurídica que es empleada en diversos con el objetivo de permitir que quienes no se encuentren legítimamente procesalmente para intervenir en los procesos, pero que tienen interés en el tema, puedan expresar sus puntos de vista ante el órgano jurisdiccional./Agencias-PUNTOporPUNTO