Ley de TELECOMUNICACIONES: MÉXICO va derecho hacia la DICTADURA Cubano- Venezolana

El espectro de censura que plantea esta nueva agencia no es menor, alcanzaría también a emisoras de radio, canales de televisión, plataformas digitales e incluso aplicaciones como TikTok, Facebook o X.

La iniciativa de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión de la presidenta Claudia Sheinbaum, viola disposiciones del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), y podría colocar al país en una posición comparable a regímenes autoritarios como los de Venezuela y Nicaragua, así lo señaló el Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones.

En su posicionamiento público, la institución analizó la reforma enviada por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión, señalando que se pretende reconfigurar de fondo el sistema de telecomunicaciones en el país, pero para mal.

  • Lejos de ser una propuesta innovadora, el organismo sostiene que guarda una preocupante similitud con lo impulsado por el expresidente Enrique Peña Nieto, que fue lo que tanto criticaron los gobiernos morenistas.
  • “La reforma enviada ayer por el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión es una copia, con ‘parches’ mal pensados y estructurados de la reforma peñista del 2014”, subrayó el organismo.

Según el IDET, a detalle, la propuesta contradice los principios del T-MEC, al plantear una protección sistemática a los monopolios nacionales, ya sea públicos o privados.

  • Uno de los puntos más delicados del análisis del IDET gira en torno a la creación de la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT), encabezada por José Antonio Peña Merino.

Sobre ello, se alerta sobre el desequilibrio institucional que implica concentrar el diseño y ejecución de esta reforma únicamente en Peña Merino, desplazando indebidamente las atribuciones constitucionales de la Secretaría de Economía y de la Secretaría de Gobernación.

«En franco choque con las reformas constitucionales que se dieron apenas hace un par de meses», advierte el documento.

  • Según el boletín, se menciona la eliminación de la independencia del regulador —antes garantizada por el ahora extinto Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT)— y la tolerancia a que empresas estatales se conviertan en monopolios, contraviniendo los principios de competencia justa.

“Esto desde la independencia mandatada del regulador para tomar decisiones en el T-MEC, hasta la permisibilidad de que empresas controladas por el estado sean abiertamente monopolios, en violación de las reglas de competencia”, se lee en el boletín.

  • Estas preocupaciones no son aisladas. A inicios de abril, en plena guerra arancelaria con Donald Trump, se hizo público el Informe de la Estimación Nacional de Comercio de 2025 sobre Barreras al Comercio Exterior, publicado por el gobierno de Estados Unidos, subrayó que México mantiene barreras regulatorias significativas en el sector telecomunicaciones.
  • Señaló, además, que el entorno competitivo en el país sigue siendo limitado, con un mercado dominado por grandes empresas que conservan cerca del 70% de la cuota y que había sido identificado por el propio IFT como “agente económico preponderante”.
  • De aquí destaca América Móvil —empresa del magnate Carlos Slim— y la propia Comisión Federal de Electricidad con su IFT. “¿Se busca generar una nueva crisis en el T-MEC – que se perderá en cualquier panel arbitral – respecto a temas a los que México se comprometió en materia de fomento y apertura para la competencia en telecomunicaciones?”, cuestiona el instituto.

Pero el señalamiento más grave, sostiene el IDET, es la inclusión de disposiciones que permitirían a la ATDT censurar y bloquear información transfronteriza enviada por medios electrónicos.

El espectro de censura que plantea esta nueva agencia no es menor, alcanzaría también a emisoras de radio, canales de televisión, plataformas digitales e incluso aplicaciones como TikTok, Facebook o X.

  • “¿Se busca en México sacar del aire programas y plataformas tal y como acontece en Nicaragua y Venezuela? ¿Ya se dieron cuenta que la ATDT quiere definir y evaluar lo que digan los comunicadores? La Ley establece que la ATDT definirá qué es la veracidad de la información. Esto es censura pura y ruda nunca antes vista en México”, se asevera en el documento.

El IDET también advierte que las sanciones económicas propuestas en la reforma para las plataformas digitales y aplicaciones generarían un efecto inhibidor que, en los hechos, conduciría a su salida del país por los grandes montos de dinero a pagar.

Una reforma necesaria, pero mal planteada

A pesar de las críticas, el Instituto reconoce que sí se requiere una actualización profunda del marco legal en telecomunicaciones, dado el avance de tecnologías como la inteligencia artificial y la creciente demanda por servicios accesibles y de calidad. No obstante, recalca que la reforma debe construirse sobre bases sólidas, democráticas y con respeto a los acuerdos internacionales.

“México está perdiendo una oportunidad para avanzar sus telecomunicaciones en beneficio de la población. Ojalá se hicieran foros abiertos para que los mejores académicos y especialistas de México y el mundo fortalezcan el futuro tecnológico de los mexicanos y no se retrotraigan derechos y tecnologías”, concluye el posicionamiento.

Nueva Ley es un «arma cargada» para censurar y acallar la crítica

Organizaciones civiles alertaron que la nueva reforma en materia de telecomunicaciones puede traer consigo problemas de censura a medios de comunicación.

Las comisiones unidas de Radio, Televisión y Cinematografía; de Comunicaciones y Transportes, y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores aprobaron, sin cambios, la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, que fue enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum.

  • Artículo 19 indicó que entre las principales problemáticas de la nueva ley es que “se vislumbra, por ejemplo, que se administre el espectro radioeléctrico y se otorguen concesiones bajo consideraciones políticas y no de interés público, permitiendo retirar concesiones a aquellos medios de comunicación independientes y críticos bajo argumentos subjetivos, sin motivación o ambiguos”.
  • “La ley también propone otorgar facultades al Poder Ejecutivo para bloquear plataformas digitales. Es inconstitucional bloquear una aplicación o servicio digital, ni temporal, ni permanentemente, bajo ninguna condición.
  • Estándares internacionales de derechos humanos prohíben la instauración de cualquier medio encaminado a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones, como es el bloqueo de plataformas digitales”.

Permiso para asesinar la Libertad de Expresión, un derecho universal

  • De acuerdo con el dictamen, en el Capítulo VIII que versa sobre las plataformas digitales, en el artículo 109, se estipula que “las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia (de Transformación Digital) para el bloqueo temporal de una plataforma digital, en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables.

“La Agencia emitirá los lineamientos que regulen el procedimiento del bloqueo de una plataforma digital”, se estipuló.

Por su parte, la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) alertó que la ley abre la posibilidad de afectar la libertad de expresión.

  • “La redacción actual de la iniciativa posibilitará llevar a cabo una restricción extrema a la libertad de expresión en Internet sin la necesidad de una orden judicial que determine que un contenido o una acción es ilegal y de la gravedad para justificar dicha medida. El bloqueo de plataformas digitales enteras constituye una medida extrema, semejante al cierre de una estación de radio y televisión, que no puede justificarse frente a la prohibición de censura previa que establece la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, indicó.
  • A su vez, la organización civil indicó que el artículo 109 de la nueva Ley en Materia de Telecomunicaciones ignora “que para que las restricciones a la libertad de expresión sean legítimas, en todo caso, deben estar establecidas por ley, de manera clara y precisa, por lo que dicha tarea corresponde al Congreso de la Unión y dichos parámetros deberían estar contenidos en la ley. En conformidad con los estándares internacionales sobre libertad de expresión, este tipo de restricciones deben ser medidas de carácter excepcional, estar definidas en la ley de forma precisa y clara, bajo estrictos criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad”.

Instaura un Padrón de Telefonía MOVIL

La R3D alertó también que el artículo 8 fracción LXV de la nueva ley da la facultad a la Agencia Digital de “expedir los lineamientos para el registro de usuarios del servicio móvil, que estará a cargo de los concesionados y, en su caso, autorizados de dicho servicio y será de observancia obligatoria.

  • “De este modo, sin dar motivos, la iniciativa intenta crear nuevamente este registro, similar al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), declarado inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en 2022.
  • Las iniciativas de la Ley General del Sistema de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública pendientes en la Cámara de Diputados también contemplan la creación de una base de datos similar, aunque la nombra de otra manera”, afirmó la organización.
  • La ONG concluyó que la ley no especifica para qué será utilizado el registro de usuarios de telefonía móvil, pero sí a las autoridades para consultar dicho registro, por lo que deja a la discrecionalidad qué autoridades serán las facultadas y bajo qué procedimientos. /Agencias-PUNTOporPUNTO

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