RITA MAGAÑA TORRES
El Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó que haya censura al decidir bajar el spot del PRD, donde aparecía el periodista Joaquín López Dóriga, que luego se sustituyó por otro con el logotipo de Teléfonos de México (Telmex) y la resolución se tomó con criterios jurídicos y no políticos.
La presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, la consejera, Beatriz Galindo, también descartó que haya discrecionalidad o parcialidad por las medidas cautelares que se tomaron en ambos casos.
En conferencia de prensa, explicó que con esas acciones se busca evitar la producción de daños irreparables, afectar principios de los procesos electorales o la vulneración de bienes jurídicos tutelados con las normas, que rigen la materia electoral.
Indicó que el spot del PRD se retiró de la televisión para proteger preventivamente el valor fundamental de la honra, reputación y dignidad que toda persona física o moral, merece sea protegido.
Aclaró que la libertad de expresión no es un derecho absoluto y como todos tiene límites, el spot no se bajó del aire afectando la libertad de expresión del partido, ni por censura de su contenido, por el contrario fue para proteger un derecho individual.
La consejera recordó que el periodista Joaquín López Dóriga argumentó en su queja que su imagen asociada a otras constituía una calumnia a él.
Sobre el spot que aparece el logotipo de Telmex, la consejera expuso que se resolvió quitarlo del air, porque también alegaban una calumnia y ello es susceptible de configurarse en este tipo de sujetos de Derecho.
Beatriz Galindo puntualizó que en distintas tesis la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJN) señaló que ante el daño moral, las personas morales están legitimadas para demandar su reparación en caso de que se afecte la consideración que tienen los demás respecto a ellas.