AGENCIAS
El Senado aprobó una ley en materia de transparencia que otorga autonomía y más facultades al Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI) y obliga a dependencias públicas, privadas, sindicatos o fideicomisos a entregar información, con excepción de la Suprema Corte.
Por mayoría, los legisladores avalaron en lo general y particular la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que establece los principios de transparencia comunes para todo el país.
Los órganos que deberán hacerlo incluyen los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, hasta cualquier persona física, moral o sindicato que reciba recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
Una vez aprobada la norma, el presidente de la mesa directiva de la Cámara Alta, Miguel Barbosa, se congratuló al asegurar que dicha ley «es un parteaguas de opacidad a la transparencia en la vida pública», además de que cumple «una exigencia de la sociedad que manifiesta su hartazgo ante la corrupción».
En opinión del legislador Pablo Escudero, presidente de la Comisión Anticorrupción de la Cámara Alta, «ahora, se garantizará la transparencia y la rendición de cuentas por parte de los sujetos obligados, fundamental para el combate a la corrupción».
El senador por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) insistió además en que esta norma era «muy necesaria» y es una demanda de los ciudadanos que exigen herramientas para una rendición de cuentas. «La ley empodera al ciudadano para que pueda cuestionar, indagar, evaluar y vigilar a sus gobernantes», aseguró.
Según el dictamen, prevalecerá «el principio de máxima publicidad» y toda la información deberá dar «certeza, eficacia, imparcialidad, independencia, legalidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y transparencia».
El documento aprobado por el Senado será enviado al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación y señala que no se podrá clasificar como reservada «aquella información que está relacionada con la investigación de violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad», a excepción de la que «por razones de interés público y seguridad nacional» podrán reservarse «temporalmente».
Detalla que expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones y competencias, deberán estar a disposición de cualquier persona pública.
La norma contempla sanciones a particulares que van de los 3.600 pesos hasta los 100.000 pesos.
Para el senador izquierdista del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Alejandro Encinas, esta iniciativa es completa debido al apoyo para su elaboración de organizaciones civiles, académicos, expertos y representantes de instituciones públicas.
De igual forma, abundó, ayudará a la transparencia en el sector energético, donde, dijo, «se busca garantizar la máxima transparencia de la información relacionada con los contratos, asignaciones, permisos, alianzas, sociedades y demás actos que el Estado suscriba u otorgue a particulares», entre otros aspectos.
La normativa, aprobada en la Cámara de Diputados en 2013, prevé además la creación de un Sistema Nacional de Transparencia, que contará con una plataforma en Internet para que los ciudadanos puedan consultar toda la información pública disponible, que deberá ser aportada por organismos públicos, autónomos, sindicatos, partidos y sujetos obligados.