Tan sólo en los dos últimos sexenios, 153 mil 530 contribuyentes resultaron beneficiados porque se les perdonó el pago de 400 mil 902 millones de pesos.
- Con 421 votos a favor, cero en contra y 25 abstenciones, en San Lázaro se avaló el dictamen presentado por la Comisión de Puntos Constitucionales, donde se concentraron las iniciativas del Ejecutivo federal y de la diputada priista Dulce María Sauri Riancho. Posteriormente se turnó al Senado de la República para su discusión y análisis.
#AlMomento 421 votos a favor, 0 en contra y 25 abstenciones. Avalan, en lo general y particular, el dictamen que reforma el artículo 28 de la Constitución, sobre condonación de impuestos. Se turnó al @senadomexicano para sus efectos constitucionales. https://t.co/YKOPDUAfOW
— Cámara de Diputados (@Mx_Diputados) September 24, 2019
- El documento modifica el primer párrafo del artículo 28 de la Carta Magna, que ahora establece: “En los Estados Unidos Mexicanos quedan prohibidos los monopolios, las prácticas monopólicas, los estancos; las condonaciones de impuestos y las exenciones de impuestos en los términos y condiciones que fijan las leyes. El mismo tratamiento se dará a las prohibiciones a título de protección a la industria”.
- El Congreso de la Unión y los congresos estatales deberán armonizar el marco jurídico en un plazo que no exceda de un año a partir de la entrada en vigor del decreto.
- Miroslava Carrillo Martínez, presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, fundamentó el dictamen y sostuvo que la condonación de contribuciones puede afectar el interés general al otorgarse en forma desmedida a los sujetos obligados, provocando así un desequilibrio entre los ingresos y los gastos públicos.
Recordó que la Constitución establece que en el país están prohibidas las exenciones de impuestos, pero no las condonaciones. Ambos términos son distintos, ya que la exención es una excepción a la regla general de causar y pagar tributo, mientras que la condonación implica el perdón a la remisión de una deuda, es decir, una renuncia al cobro por parte del acreedor.
- Como se recordará, el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación otorga al Ejecutivo federal la facultad de condonar o eximir total o parcialmente el pago de contribuciones y sus accesorios, bajo determinadas circunstancias, así como en casos de catástrofes.
- “No obstante”, dijo la diputada morenista, en los últimos sexenios “se distorsionó la intención original de esta disposición hasta llegar al punto de otorgar condonaciones generalizadas sin aplicar un criterio fiscal”.
- Añadió: “En los últimos tiempos la condonación de impuestos ha favorecido a grandes potentados que mediante el influyentismo y corrupción se han beneficiado con privilegios en perjuicio de la mayoría de los contribuyentes y de la hacienda pública”.
Con la aprobación de este martes, abundó, “se logrará que el Ejecutivo federal detenga la nociva práctica de otorgar de forma discrecional, periódica, generalizada y masiva la condonación de impuestos a deudores fiscales”.
Los diputados Alan Jesús Falomir Sáenz, de Movimiento Ciudadano; Dolores Padierna Luna y Lidia García Anaya, de Morena; Silvano Garay Ulloa, del Partido del Trabajo (PT); Patricia Terrazas Baca, de Acción Nacional (PAN), así como Benjamín Saúl Huerta Corona, hablaron a favor del dictamen./PROCESO-PUNTOporPUNTO
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