TEXTO ÍNTEGRO: Aguinaldo, PRIVILEGIO de UNOS CUANTOS; +50% en México lo utiliza en PAGAR DEUDAS

El aguinaldo de 2024 se irá como el agua para millones de trabajadores, quienes lo gastarán en deudas, fiestas, regalos, cenas y vacaciones, informó la plataforma de empleo y capital humano OCC.

El aguinaldo es un derecho irrenunciable para todos las personas que trabajan en México, incluidos quienes no tienen un contrato por escrito; y las empresas, negocios o patrones que incumplan con el pago correspondiente serán castigados con multas de más de medio millón de pesos.

  • El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos.

“Los –trabajadores– que no hayan cumplido el año de servicio, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste”.

  • La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) puntualizó que tienen derecho al aguinaldo las y los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.

“En general, dicha prestación laboral aplica para todas las personas trabajadoras que prestan sus servicios de manera subordinada a un patrón cuya relación laboral se rija por la Ley Federal del Trabajo (LFT)”, refirió.

Aguinaldo para trabajadores sin contrato

El director del Despacho Hernández Reyes y Asociados, Joel Hernández Reyes, explicó a Publimetro que todas las personas que desempeñen una actividad o presten un servicio subordinado tienen derecho al pago de aguinaldo, sin importar que no tengan un contrato por escrito o solo cuenten con un acuerdo de palabra.

  • Refirió que, de acuerdo con la legislación vigente, un trabajador subordinado cumple con tres características: “primera, son personas ocupadas que dependen y reciben asignaciones de trabajo de un patrón, jefe o superior.

“Dos, que cuenten con una jornada especifica de trabajo u horario y tres, que reciba un pago por sus actividades o servicios; con eso, se puede acreditar la relación laboral y la responsabilidad obrero-patronal” que asegura el pago del aguinaldo en tiempo y forma”, apuntó el especialista.

  • Subrayó que, en términos prácticos, la subordinación implica estar a disposición de un jefe o patrón. “Por ejemplo, un chofer está a disposición de un patrón, esperándolo en un lugar determinado, de tal a tal hora y, por ello recibe un pago.

“Esto último es una relación laboral” y, por lo tanto, ese chofer debe recibir el pago correspondiente a los 15 días de aguinaldo, si laboró un año completo, o el monto proporcional a los días, semanas o meses del año que desempeño un trabajo subordinado, refirió Joel Hernández.

Medio millón de pesos, si no pagas aguinaldo

La Secretaría del Trabajo y la Profedet señalaron que las empresas, negocios y patrones que incumplan con el pago de dicha prestación serán acreedores a multas de más de medio millón de pesos.

  • Reportaron que, de acuerdo con el Artículo 1002 de la Ley Federal del Trabajo, advierte que: “En caso de incumplimiento, en forma completa o extemporánea, el patrón se hará acreedor a una multa que va 50 a 5,000 veces la Unidad de Medida Actualizada (UMA).

De tal suerte, que los negocios y empresas que incumplan con el depósito del aguinaldo, antes del 20 de diciembre”, lo paguen de forma incompleta, lo condicionen o incumplan con el equivalente a 15 días de salario o su parte proporcional, enfrentarán:

  • Multa mínima: 50 veces la UMA, tasada en 108.57 pesos diarios, con un total de cinco mil 428.5 pesos.
  • Multa máxima: 5,000 veces la UMA, tasada en 108.57 pesos diarios, con un total de 542 mil 850 pesos.

El director del Despacho Hernández Reyes y Asociados indicó que, de forma paralela, el incumplimiento del aguinaldo pone a la empresa, negocio o patrón bajo la lupa de las autoridades como la Secretaría del Trabajo y del mismo IMSS.

  • Ello, debido a que cualquier denuncia, conflicto, o imposición de multas genera la sospecha fundada de que el empleador puede incumplir con más prestaciones laborales como el pago de utilidades, vacaciones dignas, cuotas del Infonavit, prima dominical y aportaciones obligatorias al fondo de retiro de las Afores.

El especialista precisó que la situación descrita podría llevar a inspecciones al centro del trabajo, acompañadas de revisiones o auditorías encabezadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social(IMSS), que puede desencadenar un lista de sanciones más costosas.

Un privilegio que no todos los trabajadores gozan

Sólo cuatro de cada diez mexicanos ocupados en el país recibirán aguinaldo. Según la última Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo (ENOE) realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) de los 59 millones 528 mil ocupados sólo 27 millones 404 mil tienen prestaciones.

  • Así, el aguinaldo se ha convertido en privilegio de unos cuantos si se considera que, del total de mexicanos con una fuente de ingresos, 40 millones 982 mil son trabajadores subordinados y remunerados, a los que por ley les correspondería gratificación anual.
  • De acuerdo con el especialista, cada año algunos patrones incumplen con el pago de esta prestación antes del 20 de diciembre como establece el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).

“Cada año se inician procedimientos legales en contra de empresas que no cumplieron con esta obligación anual y no llegaron a un acuerdo con sus trabajadores para que se les otorgará a destiempo”.

  • Este pago aplica para todas aquellas personas que prestan un servicio personal subordinado a otra persona física o moral en una relación laboral. Incluso los trabajadores que no hayan cumplido el año de trabajo, independientemente de que se encuentren activos o no, tienen derecho a que se les pague la parte proporcional del aguinaldo.

“Las empresas deben cumplir esta obligación hasta con los empleados que tengan una semana de trabajo, aunque obviamente recibirán una cantidad simbólica”, indicó David Hernández, director de la firma legal Deal.

  • Los trabajadores que están inactivos también tienen derecho a que se les pague la parte proporcional de esta prestación si en su liquidación no se incluyó ese monto. “Los trabajadores pueden reclamar ese dinero durante los siguientes días”.
  • Según el especialista, no existe ningún instrumento legal que permita a las empresas tener una prórroga para el pago del aguinaldo, por lo que no cumplir con el otorgamiento de esta prestación a tiempo constituye un delito.

Factores a considerar

  • Con base en la normatividad vigente, a partir de un año de laborar los trabajadores deben recibir por lo menos 15 días de salario. El pago debe realizarse en efectivo y en una sola exhibición.
  • En el caso de los trabajadores que tengan un salario fijo, el cálculo debe hacerse por día laborado. Si el monto del salario es variable, se debe tomar como base el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días trabajados.

Para los trabajadores contratados como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes que estén bajo el amparo de la Ley Federal del Trabajo, el salario diario para el pago del aguinaldo se calcula tomando en cuenta el promedio de los ingresos percibidos en el último año de trabajo o del tiempo de trabajo en caso de que no haya cumplido el año.

Solo 26% de los trabajadores planea ahorrar

El aguinaldo de 2024 llegará debilitado y casi sin fuerza al bolsillo de millones de trabajadores, debido a cuatro de cada 10 ya deben el dinero que recibirán por esta prestación y ni siquiera ha recibido el depósito de tales recursos, reveló un estudio de Kardmatch.

La plataforma especializada en productos financieros señaló que solo 26% de los empleados formales destinará una parte del aguinaldo al ahorro y, con ello hacer frente a los gastos del siguiente año, desde el pago de impuestos, hasta el costo de un viaje.

  • Destacó que 18% de los trabajadores aprovechara dicha prestación para financiar las fiestas y reuniones decembrinas, como las cenas de Navidad, la compra o intercambios de regalos y las fiestas del Año Nuevo.
  • Mientras que otro 10% planea utilizar tales recursos para comprar muebles y bienes duraderos como electrodomésticos, y apenas 7% de los colaboradores invertirá el dinero en viajes.
  • De acuerdo con dichas cifras, seis de cada 10 trabajadores del país darán fin al aguinaldo antes de que termine 2024, a través de fiestas, regalos, cenas y actividades que no representan una necesidad o mejora en sus hogares, que son un gasto o deseo.

Siete de cada 10 trabajadores ‘quemarán’ su aguinaldo

El aguinaldo de 2024 se irá como el agua para millones de trabajadores, quienes lo gastarán en deudas, fiestas, regalos, cenas y vacaciones, informó la plataforma de empleo y capital humano OCC.

  • Reportó que, al menos, cinco de cada 10 empleados mexicanos (50%) usarán el dinero de esta prestación para liquidar o reducir sus adeudos, créditos, préstamos familiares o cuentas pendientes.
  • A través del micrositio Termómetro Laboral, la plataforma señaló que solo 31% de los trabajadores afirmó que ahorrará su aguinaldo y no utilizará costear las fiestas de Navidad o de Año Nuevo.
  • Indicó que 14% de los empleados comentó que planea usarlo para cubrir gastos de fin de año, donde se incluyen las cenas del 24 y 31 de diciembre y la compra de regalos y juguetes para la familia.
  • Mientras que el restante 5% indicó que lo destinará a financiar sus vacaciones de Fin de Año o Año Nuevo, segmento donde las visitas a la playa ocupan el primer lugar como destino turístico.
  • De acuerdo con los datos reportados, 69% o casi siete de cada 10 mexicanos “quemará” su aguinaldo antes de que termine 2024 o a más tardar en las primeras semanas de 2025; lo gastará en festejos, regalos, viajes y deudas.

¿El aguinaldo influye en tus planes laborales?

OCC señaló que, de acuerdo con una encuesta levantada entre más de mil 900 trabajadores, el aguinaldo también influye en los planes laborales de quienes reciben este beneficio económico.

  • Indicó que, más allá de destinarlo en fiestas, viajes y deudas, 57% de los empleados “mencionó que este ingreso les permite avanzar en proyectos personales de emprendimiento”.
  • La plataforma refirió que 26% dijo que no influye en sus planes laborales y otro 10% expresó que este ingreso los ayuda en su desarrollo personal y laboral; aunque no se precisó en qué tipo de proyectos.
  • En tanto que 7% de los trabajadores afirmó que el aguinaldo define o refleja su nivel de satisfacción laboral; condición que impacta en su nivel compromiso hacia la empresa en que labora.

¡Tips! Usa tu aguinaldo para pagar deudas

Si tu intención es usar el aguinaldo para saldar las deudas en tarjetas de crédito, Kardmatch te recomienda emplear los cinco pasos del método de la avalancha, que consiste en dar prioridad a los pagos dirigidos hacia las deudas con la tasa de interés más elevada:

  1. Deja de utilizar tus tarjetas de crédito: Evita usar tus tarjetas de crédito mientras pagas tus deudas. Realiza todas tus compras en efectivo o con débito.
  2. Organiza tus deudas de la más cara a la menos cara: Inserta en una hoja de cálculo los datos de todas tus tarjetas: cuánto debes y a qué tasa de interés estás pagando. Esto te permitirá identificar qué tarjeta tiene la tasa de interés más alta y será la primera que deberás liquidar; a esta última se le llama “Tarjeta objetivo”.
  3. Realiza el pago mínimo en las tarjetas menos caras: Deposita el mínimo de todas las demás tarjetas, excepto en la tarjeta objetivo.
  4. Paga la mayor cantidad a la Tarjeta Objetivo: Destina la mayor cantidad posible de dinero al pago de la tarjeta objetivo cada mes.
  5. Repite el proceso: Una vez liquidada la tarjeta objetivo, pasa a la siguiente con la tasa más alta. Continúa así hasta saldar todas tus deudas.

¿Qué hago si no me pagan del aguinaldo?

La Profedet y el despacho Despacho Hernández Reyes y Asociados señalaron que existen dos opciones para solicitar el pago del aguinaldo:

1. Acudir a los módulos de orientación y quejas de los Centros de Conciliación Laboral, federal o local.

En esta instancia puedes iniciar un proceso de conciliación con la empresa para la que laboras; con del fin de solicitar el pago correspondiente. En estos módulos, también te ayudan a calcular el monto de dinero que te corresponde. El trámite también está disponible en línea.

2. Solicitar información y apoyo a la Profedet

  • Vía telefónica al 800 911 7877 y 800 717 29 42, con un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas, el buzón de voz se encuentra disponible de 20:01 a 07:59 horas y fines de semana.
  • Correo electrónico: [email protected]

¿Cuándo tiempo tengo para presentar una demanda?

  • Un año, contado entre el 20 de diciembre de 2024 y el 20 de diciembre de 2025.

¿Puedo negociar?

Antes de llegar a una queja o demanda, puedes conversar con el patrón; pedirle –de manera cordial– el pago correspondiente; y establecer que no se trata de un pleito contra la compañía, sino un derecho. Si persiste la negativa, asesórate con un abogado o acude a la Profedet./PUNTOporPUNTO

Documento Íntegro a Continuación:

https://occ-marketing.s3.amazonaws.com/tl-pdf/TL232.pdf

Recibe nuestro boletín informativo, suscríbete usando el formulario