Semarnat sigue negado impacto ambiental en el EdoMex
Tristán Manuel Canales Najjar, diputado federal por el PRI en la LXIII Legislatura, impulsa en Valle de Bravo (Edomex) el desarrollo de lujosas viviendas a expensas de la tala de árboles de Bosques de Pamejé, catalogado como área natural protegida.
Para realizar este complejo habitacional, en noviembre de 2015, con respaldo del entonces presidente municipal de Valle de Bravo, Francisco Reynoso Israde; de la Secretaria de Desarrollo Urbano y Metropolitano del Estado de México; y del gobierno de Eruviel Ávila se cambió el uso de suelo de 78.94 hectáreas de área natural protegida-zona forestal a urbano habitacional.
- La Semarnat ha negado en dos ocasiones la autorización de impacto ambiental, deteniendo, al menos por el momento, una obra que dañaría severamente el ecosistema de Valle de Bravo.
- Sin embargo, el diputado priista podrá volver a presentar nuevas solicitudes a la autoridad ambiental modificando mínimamente el proyecto, por ejemplo, reducir el número de viviendas a construir. El impacto al área natural seguiría siendo contraria a la conservación del bosque nativo.
- Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI) junto con seis vecinos de la zona, preocupados por el deterioro ambiental que representaría una obra así, promovimos un amparo el pasado 18 de abril, para revertir el cambio de uso urbano habitacional realizado en las 78.94 hectáreas e impedir la construcción desmedida en el área natural protegida.
El juicio de amparo será resuelto por Everardo Maya Arias, juez tercero de distrito en materia de amparo y juicios federales en el Estado de México con residencia en Toluca.
En el amparo promovido por MCCI y sus aliados, se destaca la violación a los derechos fundamentales a un medio ambiente sano, al agua y al principio de planeación urbana controlada, pues se modifica el uso de suelo de la zona para construir lujosos complejos habitacionales sin importar que se trate de áreas naturales protegidas y zonas forestales de competencia federal.
Derechos fundamentales que se encuentran previstos en los artículos 1º, 4º, 14, 16, 27 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con las obligaciones de las autoridades mexicanas de fuente internacional como lo son el Principio 15 de la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo relativo al Principio de Precaución Ambiental, artículo 21 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, artículo 17 de la Declaración Universal sobre Derechos Humanos y artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
El cambio de uso de suelo pone en grave riesgo el ecosistema de Bosques de Pamejé y de la región. Los motivos por los cuales fue cambiado son contrarios a la normatividad en materia ambiental y desconocemos por qué las autoridades, principalmente municipales y estatales, decidieron ignorar esta circunstancia.
Por ello, con el amparo buscamos que el bosque quede protegido junto con sus riquezas naturales. Desde 1941, Bosques de Pamejé es considerada Zona Protectora Forestal. En 2003 se declaró «Santuario del Agua Valle de Bravo».
En 2005 se reconoció como «área natural protegida de competencia federal». Así mismo, esta zona forma parte del Sistema Cutzamala que provee de agua a la Ciudad de México y zona metropolitana y aún así pretenden destruirla para construir lujosas casas./ CON INFORMACIÓN DE HUFFINGTON POST