AGENCIAS
La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen de reforma constitucional para crear el Sistema Nacional Anticorrupción, con el cual se construye una herramienta fundamental para combatir este flagelo.
El dictamen que se avaló con 24 votos a favor, uno en contra de Movimiento Ciudadano y una abstención del PRD, se presentará mañana ante el Pleno camaral para su discusión y, en su caso, aprobación, para posteriormente remitirlo al Senado de la República para su revisión.
El dictamen que hoy se aprueba, en lo general y en lo particular, requirió en esta comisión de un largo trabajo, desde noviembre de 2014, donde se entregaron y turnaron para dictaminar diversas iniciativas del PAN, PT y PRD.
En voz del presidente de esta instancia legislativa, el perredista Julio César Moreno Rivera, sus integrantes conocieron los puntos más importantes para establecer un Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), para lo cual se reforman 14 artículos de la Constitución Política Mexicana (22, 28, 41, 73, 74, 76, 79, 104, 108, 109, 113, 114, 116 y 122).
Se destaca que por primera vez en México, habrá un sistema integral y transversal, alejado de intereses personales, pues sus objetivos son claros: generar mejores estándares en el servicio público y combatir de manera definitiva los actos de corrupción.
En suma, señaló Moreno Rivera, con la creación del SNA se erradicarán las prácticas de corrupción que tanto daño han causado a la sociedad y confirma el compromiso del Estado mexicano para contar con gobiernos abiertos.
Detalló que un acto de corrupción no sólo tiene implicaciones éticas, en específico contrarias al sistema axiológico de las democracias constitucionales, sino que producen daños relevantes en el desempeño estatal.
Según datos del Índice Nacional de Corrupción y Buen Gobierno, para el año 2010, “las mordidas” para acceder o facilitar 35 trámites y servicios públicos alcanzaron los 32 mil millones de pesos.
En el mismo año, refirió que el Índice registró 200 millones de actos de corrupción en los distintos órdenes de gobierno.
De acuerdo con el Barómetro de las Américas, en 2010 el 77 por ciento de los ciudadanos encuestados percibieron índices altos de corrupción en el país, anotó.
El legislador del Partido de la Revolución Democrática (PRD) dijo que las externalidades de la corrupción no sólo afectan el estándar de responsabilidad ética-jurídica de los servidores públicos y particulares relacionados con la función pública, sino que impactan en el crecimiento económico nacional.
“Resulta evidente que la corrupción trasciende de militancias partidistas, proyectos ideológicos y órdenes de gobierno.
“La corrupción, como sostienen los estudios en la materia, ha logrado instaurarse en un sistema con capacidad de autorregularse y, por ende, de actualizar mecanismos de defensa frente a los esfuerzos gubernamentales para combatirla”, sostuvo.
Moreno Rivera indicó que el SNA se establece en el Artículo 113 constitucional, y el objetivo principal es la coordinación entre las autoridades de todos los órganos de gobierno competentes para la prevención, detección, investigación y sanción de las responsabilidades administrativas y hechos de corrupción.
Enlistó que los siete integrantes de este sistema son: la Secretaría de la Función Pública; la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción; el titular de la Auditoría Superior de la Federación, el titular del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
También el titular del Instituto Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos (IFAI), el representante del Consejo de la Judicatura Federal, y el representante del Comité de Participación Ciudadana.
Precisó que se establece que el titular de la Secretaría de la Función Pública será designado por el Ejecutivo federal y ratificado por el Senado de la República.
Destacó que a la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, misma que fue aprobada y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014, y el titular de la Auditoria Superior de la Federación (ASF), se les otorgan mayores facultades.
Entre ellas se elimina el principio de anualidad, es decir, la ASF podrá auditar en tiempo real ya que sólo podía auditar dos años atrás; actualmente rinde un informe general que ahora será denominado “Ejecutivo” y con la reforma habrá informes de carácter individual.
Además podrá auditar fondos y fideicomisos no sólo públicos sino también privados que manejen recursos federarles; se permite también que la Auditoria Superior fiscalice a los órganos autónomos.
Al titular del Tribunal de Justicia Administrativa también se le confieren mayores facultades, entre las que resaltan:
Actualmente este órgano se limita a conocer de la revisión contra las sanciones que imponen las contralorías internas, con la reforma el Tribunal de Justicia Administrativa sancionará tanto a particulares como a servidores públicos que incurran en faltas administrativas graves.
Ahora se podrán imponer sanciones a los particulares vinculados con actos de corrupción, mismos que consistirán en la inhabilitación para participar en adquisiciones; disolución e intervención de la empresa, y la obligación de reparar los daños al erario.
De igual forma señaló que el titular del Distrito Federal, del IFAI, del Consejo de la Judicatura Federal, y el Comité de Participación Ciudadana, considerado el más importante, serán parte del Sistema Nacional Anticorrupción.
El diputado Julio César Moreno Rivera resaltó que el Comité de Participación Ciudadana, que forma parte del Sistema Nacional Anticorrupción, estará integrado por cinco destacados ciudadanos que hayan contribuido a la transparencia, rendición de cuentas y combate a la corrupción.
En lo que respecta a los servidores públicos, las sanciones administrativas consistirán en amonestación, suspensión e inhabilitación, además de sanciones económicas, de acuerdo a los daños y perjuicios patrimoniales que hayan causado.
Por ello se modificó también el Artículo 114 para que la prescripción de las sanciones administrativas no sean inferiores a siete años,
Además de que a los servidores públicos que incurran en enriquecimiento ilícito se les podrá seguir el procedimiento civil de extinción de dominio, el cual es independiente de la responsabilidad penal del delito cometido, añadió.
Mencionó que los órganos responsables de investigación, es decir, los órganos internos de control o la Auditoría Superior de la Federación ya no aplicarán la secrecía de la información en materia fiscal o la relacionada con operaciones de depósito, administración, ahorro e inversión de recursos monetarios.
Finalmente, Moreno Rivera agregó que como cuestiones generales se propone que los contralores de los órganos autónomos como el Instituto Nacional Electoral (INE), los nombre la Cámara de Diputados, este sistema se replicará en las entidades federativas.