Campañas electorales adelantadas

Néstor Vargas Solano*

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que en el año en que sólo se renueve la Cámara de Diputados las campañas electorales tendrán una duración de sesenta días, mismas que iniciarán a partir del día siguiente al de la sesión de registro de candidaturas para la elección respectiva. Conclusión: en el presente proceso electoral legalmente las campañas electorales, o sea, las estrategias a través de las cuales los partidos políticos y candidatos buscan el apoyo electoral para acceder a los cargos de elección popular, aún no empiezan.

Sin embargo, desde hace mucho tiempo hemos venido escuchando y viendo, de múltiples formas, una intensa exposición mediática de los partidos políticos, particularmente en radio y televisión. El caso del Partido Verde Ecologista de México es paradigmático, no sólo por la intensidad en el despliegue propagandístico, sino las variadas formas en que las realiza: papel para las tortillas, tarjetas de descuento, autobuses, parabuses, metro, bajopuentes, espectaculares, etc. Pero no es el único. Aunque en menor grado, hay exposición mediática de otros partidos políticos.

Hemos comentado que lo anterior se presenta por un análisis de costo beneficio que realizan los partidos, entre otros factores a partir de una legislación deficiente y autoridades débiles. Además de que cualquier sanción que no implique la pérdida del registro, les saldrá barata. Pagar 180 millones de pesos o más, bien valen la pena por un incremento sustancial en las preferencias electorales.

La legislación electoral y la jurisprudencia vigente han permitido que los partidos políticos, principales beneficiarios del sistema electoral, puedan realizar de facto campañas electorales adelantadas. Legislativamente a partir de 3 aspectos 1) Procesos de Selección Interna de precandidatos, los cuales contemplan las precampañas electorales. Éstas supuestamente únicamente se dirigen a los militantes de los partidos políticos y duran a lo más 40 días; 2) La existencia de elecciones federales simultáneas con elecciones locales, en donde los tiempos son diversos, y 3) Un esquema de comunicación política permisivo que posibilita que los partidos sigan teniendo el derecho de exponer abiertamente sus posturas políticas.

Jurisprudencialmente a partir de criterios que señalan que en tanto la propaganda electoral no contenga términos como “voto” o una invitación abierta y expresa para favorecer a un partido o candidato, es permisible; haciendo a un lado otros criterios de avanzada a partir de los cuales dicha propaganda constituye un posicionamiento electoral individual o colectivo y que afecta la equidad en la contienda, independientemente de que sea proceso electoral o no.

Es impostergable que en la siguiente reforma electoral sea revisadas seriamente las condiciones que generan de facto un esquema electoral en donde predomina la simulación: se simula que el inicio del banderazo de salida de las campañas electorales en la búsqueda del voto ciudadano es bajo el principio de igualdad y equidad; y se simula que las autoridades electorales tienen las herramientas jurídicas necesarias, y la voluntad, para la realización de elecciones creíbles y confiables apegadas a los principios constitucionales.

Desde hace varios meses nos encontramos inmersos en campañas electorales sin ser los tiempos previstos legalmente para ello. La realidad no se puede ocultar con encendidos discursos de políticos y autoridades de que contamos con una democracia de avanzada. Hay muchos temas que revisar: campañas electorales en un plano de equidad y sujetas a tiempos claros y precisos es uno de los más importantes.

 

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*Ex Presidente del IEDF

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