Las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor y al Código Penal Federal realizadas por el Senado y publicadas en el DOF el mes pasado serán analizadas por la Suprema Corte, organizaciones de la sociedad civil y la CNDH acusan que son violatorias de derechos humanos
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas a la Ley Federal de Derecho de Autor y al Código Penal Federal con el objetivo de dejarlas sin efecto.
- Los cambios constitucionales impulsados por Ricardo Monreal, presidente de la Junta de Coordinación Política en el Senado, y publicados en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio de 2020, tienen la intención de armonizar la legislación nacional con el capítulo de propiedad intelectual del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEO), sin embargo, diversas organizaciones de la sociedad civil advierten que son violatorias de derechos humanos.
- La organización civil Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), una de las principales opositoras a los cambios aprobados en semanas pasadas, explica que las reformas representan un grave riesgo para la sociedad.
- “La reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor establece un mecanismo privado de censura en Internet conocido como “notificación y retirada”, el cual obliga a los proveedores de servicios de internet a remover cualquier publicación o contenido de sus usuarios cuando una persona alegue que se violan sus derechos de autor, sin necesidad de aportar prueba alguna de dicha infracción y sin que una autoridad judicial lo ordene tras un juicio que respete las garantías del debido proceso”, considera la organización.
Con esta acción, R3D asegura se viola el derecho a la libertad de expresión consagrado en los artículos 6 y 7 de la Constitución y en tratados internacionales, como el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
- “Este tipo de obstáculos al libre flujo informativo son regresivos, innecesarios y desproporcionados desde una perspectiva integral de los derechos humanos.
- “El mecanismo de “notificación y retirada» ha sido utilizado para remover contenidos e información de interés público atentando contra el derecho a la libertad de expresión de quien publica la información, así como el derecho de las personas a conocer sobre hechos relevantes en una sociedad democrática”, establece la organización.
Desarrollo en riesgo
Uno de los temas más polémicos surgidos a partir de las reformas del mes pasado son las sanciones de hasta 10 años de prisión por eludir medidas tecnológicas de protección.
De acuerdo con R3D, las medidas tecnológicas de protección son candados digitales impuestos por fabricantes o desarrolladores de hardware y software que pretenden impedir el acceso o copia de la información contenida en sus equipos y sistemas. No obstante, los candados digitales no solo impiden potenciales infracciones a derechos de autor, también obstaculizan el ejercicio de derechos y el desarrollo de actividades que benefician al interés público y requieren eludir dichas limitaciones para ser llevadas a cabo.
- Por ejemplo, investigadores de seguridad necesitan eludir candados digitales para poder detectar vulnerabilidades cuya reparación beneficia la protección de millones de personas.
- Pacientes, investigadores y médicos requieren de eludir candados digitales para conocer, fabricar, mejorar o reparar dispositivos fundamentales para el cuidado de la salud como marcapasos o respiradores mecánicos.
- La organización Red en Defensa de los Derechos Digitales también menciona que se pone en riesgo a los pequeños negocios independientes de reparación de aparatos de todo tipo, a periodistas, académicos e investigadores de datos que necesitan abrir las cerraduras digitales para acceder eficientemente y procesar bases de datos con información de interés público.
- “Personas en general necesitan eludir candados digitales para ejercer su derecho a usar obras, sin autorización o remuneración de los titulares de derechos de autor, de conformidad con las excepciones y limitaciones a los derechos de autor reconocidas por la ley, tales como realizar una copia privada de obras adquiridas legalmente”, revela R3D.
Decisión final
A pesar de los esfuerzos de las más de 30 organizaciones de la sociedad civil y de la Comisión Nacional de Derechos Humanos por echar para atrás las reformas impulsadas por el líder de la bancada de Morena en la Cámara alta, aún no hay nada definido.
De acuerdo con la CNDH, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aún debe admitir a trámite y analizar los argumentos emitidos por el órgano autónomo a través de los cuales acusa que los cambios en la Carta Magna atentan contra los derechos humanos.
Sin embargo, el proceso puede tomar tiempo por la pandemia y la cantidad de recursos que aún están pendientes de atender, pues existen al menos 45 acciones de inconstitucionalidad todavía por analizar.
“Una vez que la Suprema Corte de Justicia reactivó los plazos procesales para la presentación física de los asuntos de su competencia -mismos que se encontraban suspendidos desde el 17 de marzo de 2020 por la pandemia-, la Presidenta de este organismo autónomo, María del Rosario Piedra Ibarra, promovió 46 acciones de inconstitucionalidad respecto de diversas leyes estatales y federales.
“Entre las demandas elaboradas por la preocupación social que han generado, destaca la Ley Federal del Derecho de Autor y el Código Penal Federal, por posibles violaciones a la libertad de expresión, al derecho de propiedad, a la libertad de comercio o trabajo y a derechos culturales, entre otras prerrogativas”./REPORTE INDIGO-PUNTOporPUNTO