El Senado circuló esta mañana el predictamen de ley para la regulación de cannabis, con las que se pretende atacar el mercado ilícito de esa droga y «combatir las consecuencias del uso problemático y reducir la incidencia delictiva vinculada con el narcotráfico, fomentando la paz, la seguridad y el bienestar individual y de las comunidades».
En el predictamen, del que MILENIO tiene copia, se propone la creación del Instituto del Cannabis para la Pacificación y Reconciliación del Pueblo, adscrito a la Secretaría de Gobernación (Segob), que estará encargado de otorgar permisos y licencias para autorizar el uso lúdico, médico, de investigación e industrialización de la mariguana a mayores de 18 años, asociaciones, investigadores e industriales.
En el caso del uso lúdico no se podrá vender a menores de edad y no se podrá fumar en espacios públicos, quienes tengan permisos podrán fumarla, sembrarla y cosecharla en su casa al poseer hasta cuatro plantas como máximo y no deberán hacerlo frente a menores. En caso de haber otros adultos en el domicilio, deberán contar con su anuencia.
- Se prevé la creación de asociaciones de hasta veinte integrantes que podrán tener hasta cuatro plantas por integrante y su producción excedente deberá ser entregada a las autoridades. Las sanciones irían desde los 50 UMAS hasta los casi siete millones de pesos por infringir esta ley y la suspensión de la licencia o permiso. A quienes conduzcan un vehículo o manejen equipo o maquinaria se les arrestará hasta con 12 a 36 horas, sin perjuicio de las sanciones que establezcan otras normas aplicables.
La ley impacta toda la cadena al prever la regulación en los rubros de almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar,exportar, fumar, importar, patrocinar, plantar, portar, tener o poseer.
- Así como preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender, y adquirir bajo cualquier título la mariguana. Según el dictamen, habrá una «imposición proporcional y justa del pago de impuestos y derechos a los actos y productos relacionados con cannabis y sus derivados que así lo ameriten, de conformidad con esta ley y las que le sean aplicables que habrán de determinarse por el instituto».
- Habrá una regulación justa del mercado, así como de los precios del cannabis, de sus derivados y de los productos realizados con base a estos. Se establecerán los mecanismos de reforzamiento de políticas públicas para optimizar el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de personas con uso problemático del cannabis psicoactivo, sin estar sujetos a criminalización ni a discriminación por motivo alguno.
Entre los objetivos, subraya el dictamen, está el «empoderamiento de grupos de campesinos, agricultores y comunidades en las actividades relativas a la siembra, plantación, cultivo y cosecha del cannabis y sus derivados, así como la preferencia de estos sobre otros grupos menos vulnerables en el goce de los derechos que esta ley otorga, así como en el otorgamiento de licencias y autorizaciones».
Otro punto es el «fomento a la paz y la seguridad de la sociedad, contribuyendo en la disminución del mercado ilegal del cannabis psicoactivo y con ello del crimen organizado. Contribuir a la disminución de la corrupción y la violencia». Además de sentar las bases para la justa recaudación por concepto de impuestos y pago de derechos correspondientes que habrán de fijarse por las autoridades competentes, así como su adecuada aplicación en los actos inherentes al uso del cannabis y sus derivados para los fines autorizados.
Y «la regulación responsable del mercado y del comercio del cannabis, sus derivados y productos elaborados con base en estos para ser usada de acuerdo con los fines permitidos». Las comisiones dictaminadoras de Justicia y Salud, que presiden los morenistas Julio Menchaca y Miguel Ángel Navarro, plantean que el Estado a través de las secretarías y organismos de la Administración Pública Federal deberá otorgar la asesoría, facilidades y, en su caso, acompañamiento necesarios a las personas campesinas, indígenas e integrantes de comunidades.
Así como a grupos de micro y pequeños agricultores para facilitarles el acceso a la información y cumplimiento de requisitos necesarios para acceder a los beneficios de programas, planes, mecanismos en cumplimiento al objeto de esta ley y, en general, a cualquier acto que permita su empoderamiento.
- También, se incluye el «acceso a financiamiento de la banca de desarrollo y comercial, así como la asesoría respectiva a fin de que puedan ser titulares de alguna de las licencias a las que se refiere esta ley y la Ley General de Salud, los reglamentos y demás disposiciones aplicables que permitan su crecimiento económico y desarrollo comunitario con base en alguna actividad lícita relativa al uso del cannabis y sus derivados para los fines autorizados».
Estos grupos tendrán la preferencia sobre otros menos o nada vulnerables en el otorgamiento de licencias y autorizaciones, bastando que acrediten su calidad o carácter y se encuentren legalmente constituidos conforme a la legislación que los rija./MILENIO-PUNTOporPUNTO