En el Instituto de Ciencias Forenses de la Ciudad de México (Incifo) se permite llevar a cabo prácticas de cirugía estética en cadáveres no identificados, a los que no se les ha realizado previamente la necropsia de ley.
Estudiantes de la Universidad del Conde, provenientes del estado de Veracruz, realizan implantes de mama, liposucciones y cirugías de papada en el instituto que dirige Felipe Takajashi Medina, acusan fuentes que laboran en el lugar y que pidieron permanecer en el anonimato.
Las cirugías realizadas en cadáveres que no cuentan con una identificación alteran indicios e impiden que las pruebas periciales puedan determinar las causas de muerte, que eventualmente conduzcan a los responsables cuando se trata de homicidios.
- Además, han provocado conflictos entre directivos y el personal que labora como médico perito forense, pues en más de una ocasión, se les ha solicitado realizar las necropsias después de que los estudiantes de medicina manipularon los cadáveres, petición que muchos se niegan a realizar.
- “Es evidente cuando a un cadáver ya se le realizó la autopsia, las cicatrices son claras, pero al parecer aquí (Incifo) eso no importa. De hecho para que un médico perito pueda hacer bien su trabajo, debe analizar el cuerpo desde el lugar de los hechos, de lo contrario el margen de error en las pericias que realizan aumentan considerablemente. Aquí en la institución nada más te entregan un cadáver desnudo”, revelan las fuentes.
- Las alteración de cadáveres antes de ser sometidos a una necropsia violan la cadena de custodia e impide que se pueda determinar la causa de muerte de manera certera
UNIVERSIDAD CUESTIONADA
Reporte Indigo comprobó cómo alumnos de la Universidad del Conde entran hasta en grupos de treinta al Incifo para realizar sus prácticas, situación que, de acuerdo con personal del lugar, se da entre 2 y 4 cuatro veces por mes.
- Sin embargo, en el “Resumen de disecciones realizadas en el Instituto de Ciencias Forenses de enero de 2015 a febrero de 2019”, obtenido vía transparencia, en el cual se señalan todas las prácticas médicas que se llevaron a cabo de manera oficial, únicamente hay registro en el año 2017 de cinco visitas realizadas por alumnos de esta universidad.
- Aunado a esto, medios como Proceso, en su edición 2209, dan voz a una serie de expertos en la materia como lo es Alfonso Vallarta, expresidente de la Asociación Mexicana de Cirugía Plástica, Estética y Reconstructiva A.C., quien acusa a la Universidad del Conde de impartir cursos de medicina al margen del Sistema Nacional de Salud.
- Otras medios especializados, como la revista Cirujanos Plásticos, también han señalado a esta institución de formar “pseudocirujanos”, pues no cumplen con lo que establece la ley para desarrollar la profesión de cirujano plástico.
- En el resumen de disecciones realizadas en el Incifo de enero de 2015 a febrero de 2019, solo hay constancia de 5 prácticas realizadas por la Universidad del Conde en 2017.
IMPLICACIONES LEGALES
Al consultar al maestro en derecho, Israel Trujillo, sobre las prácticas que realizan los estudiantes de la Universidad del Conde al interior del Instituto de Ciencias Forenses de la Ciudad de México, donde se llevan a cabo actos de mutilación y alteración de los cuerpos previo a que se les realice una necropsia, el abogado explica que hay tres legislaciones que establecen delitos en la materia.
En la Ley General de Salud se encuentran los artículos 462 y 462 bis, que señalan diversos tipos penales relacionados con el tratamiento indebido de órganos, tejidos, cadáveres y fetos de seres humanos.
Los hechos que se plantean en el texto se encuadrarían de manera concreta en el artículo 462 fracción segunda de la Ley General de Salud, el cual señala como un delito comerciar o realizar actos de simulación jurídica que tengan por objeto la intermediación onerosa de órganos, tejidos, incluyendo la sangre; cadáveres, fetos o restos de seres humanos.
El jurista explica que la conducta del personal del Incifo antes descrita también encuadraría en el artículo 462 bis, el cual establece que el responsable o empleado de un establecimiento donde ocurra un deceso o de locales destinados al depósito de cadáveres que permita algunos de los actos a los que se refiere el artículo 462, es decir, comercio, actos de simulación o intermediación onerosa de órganos, sangre, cadáveres, o fetos, o no procure impedirlo por los medios lícitos que tenga a su alcance, se le impondrán de 4 a 9 años de prisión y una multa equivalente de 5 mil a 12 mil días de salario mínimo vigente.
- Además, Trujillo menciona que el delito señalado en el artículo 462 bis va más allá, pues es tanto de acción como de omisión y es un delito federal.
- Por su parte, el Código Penal Federal establece en los artículos 280 y 281 diversas conductas delictivas relacionadas con la materia, aunque en específico el 281, fracción segunda, señala como un delito profanar un cadáver o restos humanos con actos de vilipendio, mutilación o necrofilia.
- Por último, el Código Penal del Distrito Federal, hoy Ciudad de México, también contempla como delitos varias de las acciones que se cometen al interior del Incifo.
- En su Artículo 207, fracción 2, párrafo segundo, dice que las sanciones establecidas en el mismo aumentarán por una mitad a quien oculte, destruya o mutile sin la licencia correspondiente o sepulte el cadáver de una persona, restos o fetos humanos, siempre que la muerte haya sido consecuencia de heridas, golpes u otras lesiones si el agente sabía de esa circunstancia./REPORTE ÍNDIGO-PUNTOporPUNTO
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