La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en contra de la Ley Nacional de Extinción de Dominio que se impugna bajo el argumento de que la norma contravendría los principios y tratados internacionales firmados por México en materia de derechos humanos.
En la acción de inconstitucionalidad, la CNDH impugna 20 artículos y fracciones de la norma publica el 9 de agosto de este año, por lo que los poderes Ejecutivo y Legislativo tendrán un plazo de 15 días hábiles para rendir un informe escrito al máximo tribunal quien se dará a la tarea de analizar el caso.
- Entre los artículos impugnados se encuentra el 228, inciso a) de dicha ley, el cual describe la CNDH como vago e impreciso al permitir la procedencia de la venta anticipada de los bienes sujetos a dicho proceso “al señalar de manera genérica que se podrán enajenar cuando sea necesario ‘dada la naturaleza de los bienes’”.
- Lo anterior, describió, permite la arbitrariedad de la autoridad para la determinación de los bienes que se enajenarán de manera previa a la resolución definitiva del juicio, por lo que al ser un supuesto tan amplio genera incertidumbre sobre cuáles serán esos bienes sobre los que procederá, vulnerando el derecho a la seguridad jurídica.
- También se impugnan los artículos 173, 177 y 190, que de acuerdo con la CNDH permiten al Ministerio Público un margen de actuación que, al no contar con control judicial previo, deriva en actos arbitrarios en detrimento de los derechos humanos de las personas a la seguridad jurídica, la propiedad y la protección a su privacidad y datos personales.
- Debido a que se le otorga la facultad de decretar por iniciativa propia el aseguramiento de bienes y el acceso a bases de datos, aunado a que presume la necesidad de establecer la medida cautelar de aseguramiento de la disposición del patrimonio de las personas.
- Entre los derechos que la comisión consideró violados se encuentran: el derecho de acceso a la información pública; a la propiedad; al debido proceso y el principio de legalidad, entre otros.
La acción de inconstitucionalidad es promovida por la CNDH y señala violaciones a los derechos humanos en 20 artículos y fracciones de la norma./EL ECONOMISTA-PUNTOporPUNTO