La fracción de Morena en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo que buscan garantizar la democracia y la transparencia en los sindicatos.
- Establece que los estatutos sindicales deben indicar claramente el procedimiento para la elección de las dirigencias, el plazo de las convocatorias, los lugares de votación y la integración de un padrón confiable.
- Fija como requisito para la integración de las dirigencias el que se tome cuenta la representación proporcional en razón de género. Y el período de duración de las dirigencias, remarca, no puede ser indefinido.
- La iniciativa prevé el establecimiento de mecanismos para obligar a la rendición de cuentas por parte de las dirigencias sindicales, incluyendo sanciones en caso de incumplimiento, con el fin de desestimular la apropiación indebida del patrimonio de las organizaciones gremiales, así como para asegurar la transparencia en el manejo de las cuotas y las finanzas sindicales.
- «Queda prohibido a los sindicatos, federaciones y confederaciones (…) participar en esquemas de evasión de contribuciones o incumplimiento de obligaciones patronales respecto a los trabajadores», señala el propuesta de redacción del artículo 378.
Incluye también entre las prohibiciones la ejercer actos de violencia en contra de miembros de las organizaciones gremiales, los patrones, sus representantes o sus bienes, y terceros.
Indica que será necesaria la obtención de una Constancia de Representatividad, mediante consulta previa a través del voto personal, libre y secreto de los trabajadores, para acceder a la firma de un contrato colectivo.
- «No es un hecho desconocido que en las últimas décadas ha sido una práctica común que sean los patrones y no los trabajadores quienes deciden cuál es el sindicato titular del contrato colectivo que debe regir en su centro de trabajo, por lo que al ser la titularidad de los contratos un derecho colectivo fundamental, en la presente iniciativa se precisan las reglas que garantizan su eficacia, privilegiando un procedimiento sumario y ágil, para que en un breve plazo se decida cuál es la representación legítima de los trabajadores», apunta la exposición de motivos.
La iniciativa redefine el procedimiento de registro de los sindicatos, precisando sus requisitos y acortando los plazos para su trámite.
- La reforma a la ley secundaria en materia laboral estaba pendiente desde el 25 de febrero, cuando entraron en vigor cambios a los artículos 107 y 123 de la Constitución.
- En esa reforma se estableció la desaparición de las Juntas de Conciliación y Arbitraje y la creación de tribunales laborales dependientes del Poder Judicial.
Derechos gremiales
Garantías en materia de libre afiliación sindical previstas en las reformas a la Ley Federal del Trabajo propuestas por Morena:
Artículo 358
I. Nadie puede ser obligado a formar o no parte de un sindicato, federación o confederación.
II. Los procedimientos de elección de sus directivas deberán salvaguardar el libre ejercicio del voto personal, libre y secreto de los miembros, así como ajustarse a reglas democráticas y promover la igualdad de género. El periodo de duración de las directivas no podrá ser indefinido.
III. Las sanciones que impongan los sindicatos, federaciones y confederaciones a sus miembros deberán ceñirse a lo establecido en la Ley y en los estatutos.
IV. La directiva de los sindicatos, federaciones y confederaciones deberá rendirles cuenta completa y detallada de la administración de su patrimonio./REFORMA- PUNTOporPUNTO
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