INE rechaza queja contra Osorio Chong por propaganda durante veto

AGENCIAS

El Consejo General del INE declaró infundado el procedimiento especial sancionador contra el secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, funcionarios de esa dependencia, y dos concesionarios de radio por la presunta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

En sesión extraordinaria, el Instituto Nacional Electoral (INE) declaró además infundada la queja contra el otrora director general de Radio, Televisión y Cinematografía (RTC) de la Secretaría de Gobernación (Segob), Andrés Chao, actual subsecretario de Normatividad de Medios.

Sin embargo, avaló el procedimiento contra Amadeo Díaz Moguel, en su carácter de otrora director de Tiempos Oficiales de Radio y Televisión de RTC, por su responsabilidad de ordenar la difusión del promocional denunciado y, en consecuencia, ordenó dar vista a su superior jerárquico.

La determinación se dio a partir de la queja interpuesta por el Partido Acción Nacional (PAN), por considerar que la difusión de un spot que concluía con la frase: “Juntos se pueden hacer cosas contra el delito”, difundido durante el proceso electoral de Nayarit, generó iniquidad en la contienda celebrada en julio pasado.

Las y los consejeros electorales avalaron declarar infundado el procedimiento contra el concesionario México Radio S.A. de C.V., por lo que se impuso una sanción consistente en una amonestación pública, pues se trata sólo de un impacto que se difundió a través de esta radiodifusora.

En lo que respecta a la concesionaria Fórmula Radiofónica S.A. de C.V., se determinó imponer una sanción consistente en una multa de 26 mil 693 pesos con ocho centavos, por la difusión de 26 impactos.

Según Acción Nacional, la Secretaría de Gobernación difundió “de manera dolosa, durante el periodo comprendido del 3 de junio al 6 de julio, propaganda gubernamental en diversas señales radiales en el estado de Nayarit durante el proceso local”.

Esa difusión “tenía el objeto de mantener presencia mediática de un servicio público, a fin de influir de manera indebida en las preferencias electorales de los nayaritas, particularmente en favor de los candidatos postulados por el PRI y de los partidos políticos integrantes de la coalición ‘Por el bien de Nayarit’”, opinó.

El referido spot decía: “Hay un número que puede ayudar a combatir el delito, 088, guárdalo; 088, recuérdalo; 088, descárgalo; 088, márcalo; 088, apréndetelo. Tu denuncia es anónima, llama al 088 desde cualquier parte del país. Denuncia, sí funciona. Juntos contra el delito. Secretaría de Gobernación”.

Al término de la sesión del INE se celebró otra extraordinaria, en la que el Consejo General respondió a una consulta planteada por diputados integrantes de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Oaxaca, relacionada con la integración de los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE).

La autoridad electoral informó a los legisladores que el proceso de designación de los integrantes de los OPLE no guarda relación alguna con la facultad u obligación de las legislaturas locales de adecuar su normativa a la reforma constitucional aprobada recientemente.

Además el pleno respondió que de acuerdo con la legislación los diputados locales no pueden solicitar al INE la facultad de atracción, pues sólo podrá formularse por al menos cuatro de los consejeros electorales del instituto o por la mayoría del Consejo General de ese organismo.

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