AGENCIAS
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que los candidatos independientes podrán recibir financiamiento privado que obtengan lícitamente, bajo un régimen de transparencia y rendición de cuentas, por un monto de 148 mil 140 pesos.
Sin embargo, el pleno estableció que los candidatos independientes podrán recibir el citado beneficio siempre y cuando no rebasen el tope de gastos de campaña, aún y cuando esté por encima del financiamiento público.
Ello, con el objetivo de garantizar la equidad en la contienda, en el caso de las candidaturas independientes no aplica el principio de prevalencia de financiamiento público sobre lo privado que establece el artículo 41 constitucional para los partidos políticos.
Por lo anterior, revocó la resolución de la Sala Regional Distrito Federal en la que estableció un límite en las aportaciones del financiamiento privado a los candidatos independientes, donde aplica el principio de prevalencia del financiamiento público sobre el privado.
Por mayoría de votos, se determinó que la resolución de la Sala Regional genera condiciones de inequidad y desigualdad de los candidatos independientes a jefe delegacional o fórmulas a diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), en específico, por la delegación Miguel Hidalgo, frente a los partidos políticos.
En el proyecto de sentencia elaborado por la ponencia de la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, se explicó que el tope del financiamiento público establecido por la autoridad electoral para la elección de jefe delegacional en Miguel Hidalgo, es de un millón 413 mil 518 pesos 89 centavos.
El monto de financiamiento público para candidatos independientes es de 148 mil 140 pesos, y en el acuerdo impugnado se establece como límite del financiamiento privado de los candidatos independientes la cantidad de 148 mil 140 pesos.
En ese sentido, los candidatos independientes sólo podrían alcanzar como financiamiento conjunto la cantidad de 296 mil 280 pesos, monto que equivaldría sólo al 21 por ciento del tope de gasto de campaña.
La magistrada María del Carmen Alanis Figueroa propuso revocar la sentencia de la Sala Regional en el Distrito Federal, con la finalidad de modificar el monto máximo de financiamiento privado que podrá utilizarse en las campañas de los candidatos independientes para jefe delegacional, el caso concreto en Miguel Hidalgo.
Alanis Figueroa señaló que, el principio constitucional de prevalencia del financiamiento público sobre el privado es aplicable a los partidos políticos y no así a las candidaturas independientes.
De ahí que el financiamiento privado que reciben dichos candidatos puede sobrepasar el público hasta el tope fijado por la autoridad electoral, a fin de garantizar el ejercicio real y efectivo de los derechos político-electorales de votar y ser votado.