El pleno de la Cámara de Senadores aprobó por unanimidad -124 votos de 128 posibles- el decreto por el que se reforma el artículo 123 de la Constitución, en materia de salarios, que fue remitido a las Legislaturas de los estados y de la Ciudad de México para su eventual aprobación.
- “La fijación anual de los salarios mínimos generales o profesionales, o la revisión de los mismos, nunca estará por debajo de la inflación observada durante el periodo de su vigencia’’, establece el primer párrafo de la fracción VI del Apartado A del citado artículo constitucional reformado.
- La adición del párrafo tercero de la fracción IV del Apartado B del artículo 123 de la Constitución adicionado prevé: “Las maestras y los maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, integrantes de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros, percibirán un salario mensual que no podrá ser Inferior al salario promedio registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social’’.
El artículo Segundo transitorio del decreto precisa que el “salario a que hace referencia el párrafo tercero de la fracción IV del Apartado B del artículo 123 de esta Constitución es de’’ 16,777.08 pesos, “que equivale al salario mensual promedio registrado en 2023 en el Instituto Mexicano del Seguro Social actualizado por la inflación estimada para el año 2024’’.
Los senadores discutieron el contenido del decreto por cinco horas.
La exposición de motivos del decreto a la minuta aprobada previamente por la Cámara de Diputados detalla que si bien durante 2023, el ingreso promedio mensual de los trabajadores afiliados al IMSS alcanzó 16,777 pesos, los salarios de docentes de nivel básico de tiempo completo, policías, guardias nacionales, miembros de la Fuerza Armada permanente, así como médicos y enfermeros son notablemente inferiores.
“Esta disparidad salarial evidencia la dificultad que enfrentan estos servidores públicos para obtener una remuneración justa acorde con la labor que desempeñan’’, cita.
- Los maestros, agrega, perciben aproximadamente 12,500 pesos al mes; los guardias y policías del Servicio de Protección Federal, alrededor de 6,800 pesos mensuales; una porción importante de elementos de la Guardia Nacional (GN), Ejército y Fuerza Aérea mexicanos gana alrededor de 16,000 pesos al mes; el personal de enfermería del IMSS recibe entre 5,752 pesos y 9,645 pesos mensuales; el personal médico del IMSS percibe entre 9,184 y 12,095 pesos al mes, y el personal de enfermería del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) gana alrededor de 11,000 pesos mensuales.
Se arguye que el compromiso del gobierno de México es atender las demandas y necesidades de las mujeres y hombres que trabajan para garantizar la paz y seguridad de las familias, asegurándoles un proyecto de vida digno y mejores condiciones laborales y salariales. “Es indispensable establecer un piso de ingreso mínimo para satisfacer las principales necesidades de las y los servidores públicos encargados de la salud, educación y seguridad del país, pues permite visibilizar su labor que en los gobiernos previos fue ignorada’’, precisa, y la enmienda aprobada pretende retener a profesionales capacitados en áreas donde su trabajo es indispensable para el bienestar social./CONGRESO-PUNTOporPUNTO