El proceso de aprobación de la reforma judicial en los Congresos estatales, misma que se concretó en menos de 17 horas, quedó marcado por las prisas, las protestas desoídas y la debilidad de la oposición para frenar los cambios.
- Así lo concluye la consultora Strategia Electoral en su estudio sobre la votación de la reforma, misma que, pese a su relevancia nacional e impacto en el futuro del país, se realizó fast track en el Congreso de la Unión y en las Legislaturas estatales.
La reforma fue avalada por la Cámara de Diputados en día y medio, al igual que en el Senado. En ambos casos, durante la madrugada y, sin estudio ni dictamen, recibió el voto aprobatorio de más de 20 Congresos de los estados, por lo que se emitió declaratoria de reforma constitucional el 13 de septiembre.
La rapidez y disciplina fue inusitada, de modo que el análisis citado concluyó: “Fue sorpresiva la coordinación tan estrecha entre integrantes de Morena del Congreso federal y los locales, que permitió una votación exprés favorable de un tema tan trascendental como lo es la transformación completa de la estructura del Poder Judicial”.
- Por ejemplo, en Oaxaca el proceso legislativo duró sólo seis minutos y, por eso, ese Congreso se convirtió en el primero en aprobar, de madrugada, la reforma judicial, apenas unas dos horas después de que se avalara en el Senado.
De hecho, los legisladores de Morena y sus aliados ignoraron las voces de quienes se opusieron a los cambios.
- “Identificamos que en el 73.08% de los estados donde se ha discutido la reforma (19 de 26), se presentaron protestas, ya sea dentro o fuera del recinto legislativo, por parte de trabajadores del Poder Judicial, estudiantes y sociedad civil”, agrega el estudio.
Fue por ello que en Baja California y Nayarit se tuvo que recurrir a una sesión legislativa virtual, y en Chiapas, a una sede alterna, por la fuerza de las protestas. En el caso de Baja California, Nayarit y Yucatán las personas manifestantes incluso irrumpieron dentro de los respectivos Plenos.
“Existió un ambiente generalizado de premura. En algunos congresos hubo discusión, mientras que en otros se procedió directamente a la votación. Destaca el caso de Oaxaca, donde la sesión duró solo seis minutos. La eficiencia con la que se aprobó la reforma demuestra la robustez de la coordinación de Morena a nivel local”, sostiene.
- Strategia Electoral destacó que Morena evidenció ser más fuerte aún en los estados, donde la reforma pasó sin discusión, en tanto que también fue en las entidades en donde la oposición reveló más debilidades, pues los partidos adversarios a Morena y aliados se fracturaron.
- Así, fue posible que el cambio constitucional prosperara, incluso con votos de la oposición, que fue de forma divida en los Poderes Legislativos de los estados de Colima, Ciudad de México, Durango, Guerrero, Estado de México, Michoacán, San Luis Potosí, Sonora y Tamaulipas.
Como caso especial destacó Durango, entidad gobernada por el Revolucionario Institucional (PRI), partido que en el Congreso federal votó en contra, pero en la Cámara de Diputados de esa entidad “votó a favor, acción que fue aplaudida por el gobernador Esteban Villegas, porque no generaría conflictos en la relación del estado con la Presidencia de la República”.
Así, entre sus conclusiones, la consultora menciona que el proceso de aprobación de la reforma judicial “es destacable por su rapidez y por la firme determinación de las y los legisladores del oficialismo de aprobarla lo más pronto posible, aún a pesar de protestas por parte de la sociedad civil que, en contados casos, llegaron a ser violentas y disruptivas.
- La acelerada velocidad en la aprobación también habla de los intereses detrás de la aprobación de la reforma, específicamente el de una persona: el presidente de la República, según las conclusiones.
“López Obrador no quería terminar su sexenio sin haberla promulgado. La oposición volvió a mostrar su debilidad y falta de cohesión, con múltiples legisladores de todos los partidos, excepto Movimiento Ciudadano, apoyando la reforma con su voto favorable o su abstención”, afirma.
Reforma judicial podría anular 500 mil juicios
Al menos 500 mil juicios podrían anularse tras la entrada en vigencia de la reforma judicial y la llegada de nuevos jueces y magistrados, electos por voto popular en 2025.
La razón es que la Constitución y los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación indican que la sentencia en un juicio se debe dictar por el mismo juzgador que estuvo presente en las audiencias y valoró las pruebas, por lo que el cambio repentino de juzgadores podría derivar en las solicitudes de anulación y reposición de juicios.
El mandato de la reforma judicial indica que se realizarán elecciones judiciales el 1 de junio de 2025 y los ministros, jueces y magistrados ganadores tomarán protesta el 1 de septiembre, por lo que desde esa fecha tomarían los juicios federales que están en proceso.
- Al menos 800 cargos de jueces y magistrados serán renovados en la elección judicial, mientras que las estadísticas oficiales de la Judicatura señalan que los juzgadores resuelven, en promedio, un millón de juicios al año.
- Por lo que, en promedio, serían medio millón de juicios los que estarían en riesgo de anularse, debido a que los involucrados pueden solicitarla por cambio de juzgador, debido a las violaciones a sus derechos humanos que conlleva.
- De acuerdo con el Censo Nacional de Impartición de Justicia 2023, presentado hace unos meses por el Inegi, los órganos jurisdiccionales del Consejo de la Judicatura Federal, durante 2022, hubo 1.2 millones de asuntos resueltos en todas las materias.
La Suprema Corte de Justicia (SCJN), a raíz de la reforma al sistema penal de 2008, cuenta con precedentes sobre dos principios que deben regir los juicios: inmediación e inmutabilidad de los juzgadores, es decir que sea el mismo juez el que conoce a las pruebas, participa en las audiencias y emite la sentencia.
La Primera Sala de la Suprema Corte ha establecido que todos los involucrados en un juicio tienen la garantía de “la inmutabilidad de los juzgadores (la identificación física del juez que asiste a la formación de la prueba y el que emite la sentencia) y que la actividad probatoria del proceso debe desarrollarse en el menor tiempo posible y sin interrupciones”.
- La Tesis de la Suprema Corte, de observancia obligatoria, indica que “los alcances del principio de inmediación, previsto en el artículo 20, apartado A, fracción II, de la Constitución Política en vigor, exigen que la sentencia se dicte por el juez que dirigió la práctica de las pruebas e impone una inmediata deliberación y fallo de la causa”.
La Suprema Corte señala que “con la inmutabilidad del juez, esto es, la identificación física del juzgador que interviene en la formación de las pruebas y del que emite la sentencia, se generan las condiciones que permiten capitalizar las ventajas de la inmediación en el desarrollo de la audiencia de juicio, pues el contacto personal y directo con el material probatorio lo ubica en una situación idónea para resolver el asunto; de otro modo, dicho beneficio se debilitaría gradualmente si admite un cambio del juez”.
- La intervención de dos o más jueces en un mismo caso genera que “la sentencia condenatoria que se emita carezca de fiabilidad, en tanto que no se habrá garantizado la debida formación de la prueba y, por ende, no habrá bases para considerar que el juez dispuso de pruebas de cargo válidas para sentenciar”, por lo que se debe reponer.
- Con la elección judicial, que derivaría en la sustitución de al menos 800 juzgadores que dejarían sus juicios a medias a partir del 1 de septiembre de 2025, esa garantía procesal no se cumpliría, pues los juzgadores electos serían quienes tomarían los casos y dictarían sentencia, rompiendo con el principio de inmutabilidad, lo que daría pie a que los involucrados soliciten la anulación y reposición del juicio.
- Christian Omar González Segovia, magistrado del Tribunal Colegiado del Trigésimo Primer Circuito en Campeche, dijo, en una entrevista con 24 HORAS que el Poder Judicial principalmente resuelve juicios de amparo, casos en los que las autoridades no se apegaron a la Constitución y afectaron los derechos ciudadanos.
“La competencia que en mayor medida tienen los jueces y magistrados federales es el juicio de amparo, que no es otra cosa que es el juicio que tiene a su alcance el pueblo para acudir a la salvaguarda de sus derechos humanos”, aseveró.
Abundó que cuando alguna autoridad “comete algún flagelo en contra de los derechos del gobernado”, por lo que la principal competencia de la justicia federal es dirimir los actos del Legislativo, respecto a leyes, así como del Ejecutivo al aplicar dichas leyes.
- En entrevista con este medio, el ministro en retiro José Ramón Cossio señaló que el cambio de juzgadores sería una de las principales afectaciones para la ciudadanía no solo por una posible nulidad de juicios, sino porque llegarían personas sin experiencia y tomarían casos ya iniciados, lo que “atascaría” los procesos.
“Se mantienen todos los procedimientos civiles, penales, laborales, van a seguir siendo largos, complejos, pero más allá de eso, van a llegar personas que no tienen experiencia judicial, los procesos judiciales requieren experiencia, talento y si se llega a un juicio y no se tienen esos conocimientos, lo que es muy probable que acontezca es que se atasque y que los asuntos no puedan avanzar, esto de que ya de suyo la justicia es lenta, esto puede acelerar mucho más la dilación”.
- El Instituto Nacional Electoral (INE) no está obligado a acatar el amparo que le impide continuar con el proceso para organizar la elección de personas juzgadoras, aseguró el coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal, “porque surge de un órgano incompetente y de una intromisión grosera de un juez y una jueza”.
- El INE, abundó el líder morenista, puede continuar con su trabajo respecto al proceso electoral para elegir jueces, magistrados y ministros, porque se violó el principio de legalidad, se violó la Constitución y ninguna autoridad tiene la obligación de acatar una decisión , según él, que es totalmente ilegal.
Paro de actividades ha impedido la realización de unas 9 mil audiencias
- El impacto del paro de actividades en juzgados y tribunales del país, que se inició el 19 de agosto, ha impedido la realización de unas 9 mil audiencias en todas las materias del ámbito federal, indican datos de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal con información del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE).
- El daño económico que generó el paro en 45 días, señaló la ministra Lenia Batres Guadarrama, asciende a 8 mil 307 millones 834 mil 216 pesos.
- Es decir, que la falta de actividades ocasiona una erogación de 188 millones 814 mil 414 pesos al día, que es lo que cuesta la operación –incluso salarios y prestaciones de los trabajadores– de 430 juzgados de distrito, 260 tribunales colegiados, 132 tribunales laborales federales, los cuatro plenos regionales, 39 tribunales de apelación y el Centro de Justicia Penal Federal.
Toda la información consta en el SISE y en la síntesis de la información relevante en materia administrativa del Consejo de la Judicatura Federal (CJF) de agosto de este año.
La afectación ha sido en todos los ámbitos: audiencias en juicios penales, administrativos, laborales, de amparo, de cambio de medidas cautelares, de sentencia, de extradición, de extinción de dominio y de autorizaciones para intervención de comunicaciones.
Pagar por no funcionar
El primer minuto del pasado 19 de agosto comenzó el paro de trabajadores. Entre sus demandas está la exigencia de que se garanticen sus actuales salarios, prestaciones y bonos, y que se mantengan sus condiciones laborales hasta 2025, aunque desaparezca el CJF y se forme un nuevo organismo que vigile y sancione a jueces y magistrados que incurran en irregularidades.
También piden un pago de un mes de salario integrado por gastos extraordinarios en el paro.
- Datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) refieren que al cierre de 2021 el Poder Judicial de la Federación estaba integrado por 53 mil 160 empleados, de los cuales 3 mil 725 adscritos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), mil 830 al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) y 47 mil 605 al CJF.
- Informes de la Judicatura señalan que este año el monto destinado a servicios personales (salarios y prestaciones) es de 59 mil 229 millones 700 mil pesos, 85 por ciento del presupuesto asignado a este órgano del PJF.
La síntesis de la información relevante en materia administrativa señala que el costo de operación anual por cada tribunal colegiado es de 9 millones 110 mil 461 pesos, equivalente a una erogación diaria de 303 mil 682 pesos.
- En 45 días de paro el costo es de 13 millones 665 mil 692 por cada uno de los 260 tribunales colegiados del país, para un total de 3 mil 553 millones 79 mil 920 pesos.
- El costo anual de los juzgados de distrito es de 68 millones 860 mil 719 pesos.
- Por día la Judicatura debe pagar salarios por 191 mil 279 pesos, que multiplicados por 45 días de paro suman 8 millones 607 mil 555 pesos.
Esa cantidad multiplicada por los 430 juzgados suman 3 mil 699 millones 113 mil 270 pesos.
Cada uno de los 132 tribunales laborales tienen un costo de operación diaria de 71 mil 421 pesos. Al multiplicarse por 45 días de paro arroja un gasto de 424 millones 240 mil 740 pesos.
Impacto en audiencias y decisiones
Estadísticas de la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal con datos del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, que pueden consultarse en Internet, refieren que del primero de enero al 31 de julio de este año los juzgados y tribunales del país atendían un promedio diario de audiencias de 285 casos y se ingresaban diariamente 47 causas penales.
- Sin embargo, del 19 de agosto, fecha en que inició el paro de actividades y al corte del 31 de agosto, última fecha disponible, el promedio diario de audiencias disminuyó a 84 en todo el sistema de justicia federal.
- Ingresaron 31 causas penales, de las cuales sólo se atienden diligencias consideradas urgentes, como la inicial, que debe definir la situación jurídica de un detenido.
- La consulta a la Unidad para la Consolidación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, con datos del Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes, señala que diariamente se han dejado de realizar 20 audiencias, por lo que en el periodo de 45 días de huelga no se han agendado 9 mil audiencias.
Entre los casos notables de reducción de diligencias, incluso con atención a casos urgentes, está Almoloya de Juárez, por donde pasa la mayoría de asuntos de delincuencia organizada de alto impacto, donde se realizaban 6.96 audiencias y a partir del paro son 3.69.
Un segundo sitio en el que se desahogan casos relevantes, Puente Grande, de 14.71 audiencias pasó a 6.23 y de cinco causas penales por día quedó en 1.5./ PUNTOporPUNTO
Documento Íntegro en el Enlace:
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