La Suprema Corte ordenó reestablecer o crear un fideicomiso con un objetivo similar al que tenía el extinto Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral a Víctimas.
Este fideicomiso desapareció el 6 de noviembre de 2020, cuando el gobierno federal lo suprimió de la Ley General de Víctimas, para ocupar esos recursos en la atención de la pandemia.
- De manera unánime, la Primera Sala aprobó el proyecto del ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para que dichos recursos no deban estar por debajo del 0.014% del gasto programable en el Presupuesto de Egresos de la Federación.
- Al conceder un amparo al Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez y a Fundar, se estableció que la extinción del fondo implicó que se dejaran de pagar indemnizaciones como reparación del daño, lo que demostró la falta de cumplimiento de las obligaciones por parte del Estado.
En otro tema relacionado, la Primera Sala también concedió un amparo contra la extinción del Fondo de Inversión y Estímulos al Cine (Fidecine), decretada el 6 de noviembre de 2020.
Los ministros indicaron que el Poder Legislativo no demostró el mal manejo de los recursos del fondo, argumento usado para desaparecerlo, además de que se violaron los derechos de participación cultural y libre manifestación de ideas.
Recursos
El presupuesto para atención a víctimas se destina a:
- Pago de una indemnización como reparación del daño.
- Gastos de traslado de las personas que tienen que viajar para dar seguimiento a investigaciones.
- Atención médica o medicamentos de las personas afectadas por las violaciones a derechos humanos o delitos.
- Gastos funerarios de las familias que sepultan a sus seres queridos, víctimas de la violencia.
- Atención psicológica y rehabilitación de las personas sobrevivientes de tortura./CONGRESO-PUNTOporPUNTO