El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que se debe de transparentar parcialmente la información que había reservado el gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) sobre las vacunas contra Covid-19 que se compraron en el momento más álgido de la pandemia.
- Con el seguimiento de un recurso de revisión promovido por la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal contra una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), la Corte determinó que sí se puede transparentar la cantidad de vacunas que se compró y cuántas caducaron.
Sin embargo, el importe económico destinado a la adquisición de vacunas deberá de seguir ‘bajo llave’, pues la SCJN consideró que se trata de información de seguridad nacional y sentenció que debe de permanecer en su calidad de reservada.
“Su difusión podría implicar un riesgo para la seguridad nacional, además de que dicho aspecto fue pactado como confidencial en los convenios celebrados entre México y diversas farmacéuticas”
Las vacunas contra Covid-19 en México
Lo que ocurrió fue que cuando México entró a la iniciativa mundial COVAX, firmó diversos convenios para la adquisición de vacunas contra Covid-19, mismos que no se transparentaron, por lo que el Pleno del INAI determinó que toda la información sobre la adquisición de inoculables debería de ser transparentado.
- Al estar en desacuerdo, el gobierno federal acudió a la Corte para que se supriman las resoluciones del INAI emitidas en marzo, abril y junio de 2022; sin embargo, la SCJN ponderó que cierta información relacionada a estos recursos de revisión debería de ser de acceso público, pues no vulnera la seguridad nacional.
- Fue por ello que se instruyó a la Secretaría de Salud (SSa) que hiciera de carácter público el número de dosis de vacunas que se adquirieron y que hayan caducado, pues esta información no pone en riesgo la seguridad nacional.
“La Secretaría de Salud a entregar la información relativa al importe económico que representó para el Estado mexicano la donación de vacunas contra el virus SARS-CoV-2, así como los países beneficiados, entre otros aspectos”, apuntó.
En cambio, la misma Corte abundó sobre los motivos por los cuáles, la información económica, debe de seguir reservada: a) los países que han solicitado a México la donación de vacunas contra el Covid-19; b) las vacunas que ha donado México a otros países; y c) los países a los que México ha solicitado vacunas donadas para ser aplicadas a los mexicanos./Agencias-PUNTOporPUNTO