Los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron una sentencia de la Sala Regional Especializada en la que declaró inexistentes las infracciones por actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda, atribuidos al ex canciller Marcelo Ebrard, por la pinta de bardas con la frase “Con Marcelo Sí”, en la alcaldía Álvaro Obregón, de la Ciudad de México
- Por ello, pidieron que vuelva a analizar las conductas, por falta de exhaustividad porque la responsable omitió analizar los hechos denunciados en conjunto con las constancias de un diverso expediente que el actor ofreció en su escrito de denuncia.
En la discusión del recurso promovido por un ciudadano, la magistrada Janine Otálora planteó que la Sala Especializada analice si existía algún otro procedimiento sancionador relacionado con el uso de la frase “Con Marcelo sí”, y en su caso lo acumule, así como que emita una nueva en la que analice las conductas denunciadas, tomando en cuenta la totalidad de las pruebas ofrecidas por el actor de manera integral y contextual, para determinar si se está ante un actuar atípico y sistemático que actualice los actos denunciados
En la votación, tres magistrados se pronunciaron en contra: Infante Gonzales, Felipe Fuentes Barrera y José Luis Vargas Valdez, quien anunció la emisión de un voto particular. Frente al empate el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón presentó un voto de calidad.
- Vargas Valdez argumentó que su voto en contra se debió a que no se justifica la acumulación de expedientes, consideró que “no es válido analizar hechos y pruebas de un expediente desechado, y no es factible obligar a la autoridad acumular quejas donde se denuncia el uso de la frase “Con Marcelo sí”.
Por otra parte, al resolver un recurso de apelación promovido por el PRD, para controvertir la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que determinó inexistente la infracción atribuida a Morena sobre el supuesto incumplimiento de mantener actualizado su padrón de personas afiliadas en su página de Internet, no obstante que fue confirmado, se vinculó al partido guinda a realizar todas las acciones necesarias para que previo al inicio del Proceso Electoral Federal 2023-2024 cuente con un padrón de personas afiliadas, actualizado y confiable/CONGRESO-PUNTOporPUNTO