Un Tribunal Federal determinó que no son suficientes ni contundentes las documentales que presentó el ex gobernador de Sonora, Guillermo Padrés Elías, para destruir las pruebas que exhibió en su contra la Fiscalía General de la República (FGR), la cual consiguió que un juez le dictara auto de formal prisión por su probable responsabilidad en el delito de defraudación fiscal equiparada por 70 millones 415 mil 367 pesos.
- Por unanimidad, el Décimo Tribunal Colegiado en Materia Penal ratificó la sentencia dictada por la magistrada Gabriela Vieyra Pineda, titular del Quinto Tribunal Unitario en Materia Penal, quien rechazó otorgarle un amparo.
- El año pasado, Guillermo Padrés promovió un incidente de libertad por desvanecimiento de datos, recurso que se puede solicitar después que el juez de la causa penal dicta el auto de formal prisión o antes del cierre de instrucción, para evitar una sentencia.
Como no próspero el incidente, se amparó, pero la magistrada Vieyra Pineda estimó que los documentos que aportó Guillermo Padrés para sustentar su recurso no eran “pruebas plenas que de forma indubitable, inobjetable y notoria o evidente” desvirtuaran los datos aportados por la FGR, motivo por el cual le negó la protección de la justicia. Ante esta situación, el ex mandatario estatal interpuso un recurso de revisión, el cual fue radicado en el Décimo Tribunal Colegiado.
Durante la discusión del tema, el magistrado ponente Reynaldo Manuel Reyes Rosas explicó que Padrés Elías aportó 15 pruebas documentales para tratar de destruir y nulificar el material probatorio que la FGR exhibió y que sirvió para que un juez le dictara auto de formal prisión. Sin embargo, mencionó que estas documentales no son suficientes.
- Por su parte, la magistrada Velia A. Campos Casas señaló que las documentales, que son referentes a contratos, “no destruyen de manera directa” ni “combaten de manera frontal las probanzas” que hay hasta este momento en su contra.
- Al respecto, el magistrado Carlos López Cruz manifestó que después de haber visto las documentales aportadas a la causa penal, estas pruebas “no son contundentes para destruir y para desvanecer el material probatorio para el auto de formal prisión”.
Los magistrados coincidieron con la titular del Tribunal Unitario en el sentido de que las pruebas del ex mandatario estatal no aportan alguna información que sirva para desacreditar el auto de formal prisión. Según la investigación de la FGR, las autoridades hacendarias detectaron que el ex gobernador reportó ingresos menores a los realmente obtenidos, toda vez que en el ejercicio fiscal de 2015 declaró ingresos por 3 millones 282 mil 291 pesos, siendo que obtuvo un total de ingresos acumulables por 137 millones 611 mil 814 pesos (8 millones 830 mil 395 dólares), dejando de pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) de 47 millones 15 mil 332 pesos de aquella época. En octubre 2021, el presidente Andrés Manuel López Obrador rechazó haber intervenido en la liberación de Guillermo Padrés, quien actualmente enfrenta dos procesos penales.
- Tras esta declaración, la FGR informó que cuenta con elementos para solicitar una pena y sentencia contra el ex mandatario estatal por los probables delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita y por defraudación fiscal.
- En 2017 y 2018, un juez federal sobreseyó la causa respecto al delito de delincuencia organizada, tras el desistimiento de la entonces Procuraduría General de la República (PGR).
Sin embargo, se continuó con el procedimiento por lavado de dinero, éste último donde un juez le otorgó la libertad tras imponerle medidas cautelares, tras aceptar como garantía dos bienes inmuebles que se localizan en los estados de Sonora y Baja California, con un valor de 100 millones de pesos./Agencias-PUNTOporPUNTO