En el Estado de México vive una pequeña que está por cumplir tres años. Es hija de migrantes hondureños, pero el gobierno mexicano se ha negado a darle el acta de nacimiento a la que tiene derecho. Aunque sus papás la llaman Nancy, en realidad no tiene un nombre legal. Es invisible para el país que la vio nacer.
- Sin ese papel, la niña no tiene nacionalidad y tampoco puede acceder a la seguridad social, e incluso podría ver vulnerado su derecho a recibir educación.
- Sus padres han visitado distintas oficialías para tratar de resolver esta situación, pero el hecho de que sean migrantes sin papeles se ha vuelto el obstáculo más grande.
Esta familia asegura que la odisea comenzó desde el parto. Tocaron las puertas de tres hospitales y en dos no los quisieron recibir. En el que los aceptaron, les exigieron pagar 10 mil pesos, a pesar de que se trataba de una institución pública. “Paga, al menos, lo que se comió tu mujer; ella no es mexicana”, dice el padre de Nancy que le dijeron en el Hospital Materno Infantil Vicente Guerrero, del Estado de México.
- Esta historia ilustra un escenario que se extiende por todo el país, porque Nancy (nombre que ha sido cambiado por petición de la familia) no es la única hija de migrantes a la que el gobierno mexicano ha negado la identidad, como encontró esta investigación publicada por BI Noticias, CONNECTAS , Newsweek, Pie de Página y El Sol de Tijuana.
- Por años, organizaciones de la sociedad civil, así como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) han documentado esta situación que, desde su perspectiva, discrimina y viola leyes constitucionales. El IFDP estima alrededor de 100 amparos promovidos en México en los últimos cinco años, presentados para defender el derecho a la identidad de estos niños.
El problema se extiende a lo largo y ancho de México. Como ejemplo, en este 2022, en Chiapas, principal punto de entrada de migrantes, ante la carencia del acta, en un solo día se registraron cerca de 50 familias que buscaron apoyo internacional a través de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). En Baja California, en la frontera norte, la UNICEF intervino en 30 casos más. En Aguascalientes, al centro del país, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) contabiliza 10 casos en donde los niños aún no logran acceder al acta, y documentó 10 más en los que tuvo que intervenir para que estos pequeños mexicanos pudieran obtener su identidad.
- A la mayoría de estos menores no se les registra porque sus padres no tienen los papeles que el gobierno considera indispensables para expedir el acta. Por ejemplo, piden apostillas en sus documentos de identidad para registrar a sus hijos. Ése es un trámite que debe realizarse ante las autoridades del país de origen, aunque hayan huido del mismo.
“Si los secuestran, si se los roban, ¿cómo acreditan los padres que es su hijo?”, alerta Margarita Juárez, Abogada Derecho Migratorio Mexicano del Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI).
Vulnerar más a los indefensos
“Tenemos uno de los casos más graves, respecto a una migrante hondureña”, relata Ayesha Borja, titular de la Unidad de Asesoría Jurídica del IFDP. Ella era víctima de trata y en 2019 dio a luz a una niña, en Chiapas. Cuando iba al hospital para recoger el certificado de nacimiento para tramitar el acta, las autoridades mexicanas la detuvieron y la deportaron, pese a que declaró ser madre de una bebé mexicana. Meses después logró regresar a México y descubrió que una criminal había registrado a la niña como si fuese su propia hija.
- La mamá denunció “por retención de menores y por trata. A la tratante le quitaron a la niña, pero a la menor la llevaron al DIF”, comparte Borja. Un año después, el IFDP logró convertirse en representante legal de la bebé, pero el proceso jurídico se extendió por dos años más y, apenas en noviembre pasado, se reunió con su madre.
A su ingreso al país, todas las migrantes embarazadas pueden acceder a cuidados médicos y asesoría migratoria, asegura el Instituto Nacional de Migración. Sin embargo, las cifras que proporciona son mucho menores a los datos de la Secretaría de Salud: de 2017 a 2022, el INM registró el ingreso de 329 mujeres embarazadas. En contraste, en un año y solo en Chiapas, la Secretaría de Salud reportó más de 2 mil partos de madres migrantes de 2020 a 2021.
La vulnerabilidad que enfrentan muchas mujeres migrantes embarazadas es evidente en el caso de Isabel, quien huyó de su pareja en 2018. Viajó de Honduras a México con siete meses de gestación.
- Sobrevivía con la comida que le regalaban. Aun así, pudo llegar a la Ciudad de México. Narra que el día que su hija nació, un guardia y una enfermera le dijeron que mejor “diera luz en la calle” porque era extranjera. Al final, logró el ingreso por la urgencia del parto. Cuando despertó se dio cuenta de que la habían operado para que ya no se embarazara de nuevo, sin su consentimiento. La justificación que le dieron es que “era muy joven y pobre” para seguir teniendo hijos.
- Cuando Isabel intentó obtener el acta de su bebé, los funcionarios del registro civil le recomendaron que fuera a registrarla a Honduras. “No eres de acá, y no vamos a registrar a tu hija”, asegura que le dijeron en las oficinas del Registro Civil. Al final, pudo obtener el documento, gracias a la intervención del IMUMI.
La migración latinoamericana hacia México cada vez es más intensa. En 2021, las solicitudes de asilo fueron 220% más que en 2020, al superar las 131 mil, según la ACNUR. Esto se ha convertido en un problema para las oficinas de los registros civiles, porque padecen la política de austeridad del gobierno federal, revela Yolice Quero, de la OIM. En Chiapas, incluso, les han tenido que donar tóners, boletas y papelería.
Al otro lado del país, Fernando Becerra, jefe de la oficina de la UNICEF en Baja California, ha documentado que, al problema de presupuesto, se suma que en los certificados de nacimiento se omiten las nacionalidades de los padres.
La inacción de las instituciones
César es un bebé de seis meses a quien en repetidas ocasiones le han negado el registro en Aguascalientes. Para registrarlo con su apellido y que su paternidad sea reconocida, a su padre le exigen el acta apostillada por las autoridades de su país.
- Mientras el niño juega en una pequeña cuna, su papá cuenta que es originario de Nicaragua, donde sufrió amenazas de pandillas. El único papel que tiene su bebé es el certificado del hospital donde nació, pero solo acredita que fue declarado vivo. Esa hoja carece de valor jurídico y no le da una identidad legal. Sin el acta de nacimiento, su hijo ni siquiera puede ser bautizado.
Frente a este escenario, las organizaciones buscan ayudar, como ocurrió justo frente a la delegación del INM en Aguascalientes. Ahí existe un inmueble abandonado que iba a ser un restaurante-bar, donde se han llegado a refugiar un centenar de migrantes. La mayoría proviene de Haití.
Uno de esos bebés es Jayson, de tres meses de edad. Duerme en un colchón usado y lleno de residuos. Nació en el Hospital de la Mujer en febrero de 2022, y el registro civil le negó el acta de nacimiento porque sus padres no presentaron actas apostilladas.
Fueron necesarias varias reuniones con representantes de la ACNUR y un acuerdo que no terminó por asentarse en papel, para que el registro civil del estado registrara a los pequeños del bar.
- En diferentes partes del país la UNICEF como la OIM han implementado accionespara probar que otorgar la identidad a los menores hijos de migrantes es vital. En 2020, comenzaron la Subruta para la Protección del Derecho a la Identidad. Se trata de un listado de fundamentaciones para poder otorgar la identidad legal con otros documentos, también expedidos por la autoridad, sin que necesariamente tengan que llevar apostillas.
- Gracias al mecanismo de la UNICEF, recientemente, 30 niños que carecían de registro obtuvieron su acta en Tijuana. Sin embargo, existe el reto de que las autoridades adopten nuevas medidas, admite Fernando Becerra, y detalla que la actual administración en Baja California, a dos años de la propuesta, aún se encuentra “estudiando” el tema.
Por su parte, en Tapachula, Chiapas, 89 hijos de migrantes indocumentados obtuvieron 56 actas de nacimiento durante la Jornada de registro realizada por la OIM.
“Es importante que las autoridades se apropien y vean una buena práctica, que la repliquen. No podemos solucionar el problema con brigadas. Es sólo un mensaje de que sí se puede”, dice Yolice Quero.
Migrantes menores de edad no pueden ser expulsados de México
De acuerdo con el protocolo para el cuidado a los migrantes que soliciten asilo y su protección en el sistema de justicia mexicano, está prohibida su expulsión o devolución a su país de origen y deben ser acogidos de acuerdo con mandatos internacionales.
Lo anterior, con base en los Estándares interamericanos de protección a niñas, niños y adolescentes no acompañados solicitantes de asilo y su aplicación en el sistema jurídico mexicano, señaló Karla Fernanda López Cuellar, de la Ibero Puebla, recurrió al artículo 33 de la Convención de Ginebra de 1951, que ratifica la no expulsión ni devolución.
- La académica explicó que ningún Estado contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social, o de sus opiniones políticas.
Sin embargo, aclaró, no podrá invocar los beneficios de la presente disposición el refugiado que sea considerado, por razones fundadas, como un peligro para la seguridad del país donde se encuentra.
- Por su parte, Kelly Marcela Betancurt Martínez, también autora del mismo estándar, dijo que tampoco puede ocurrir habiendo sido objeto de una condena definitiva por un delito particularmente grave, constituya una amenaza para la comunidad de tal país.
- Conforme a lo anterior y atendiendo las directrices del comité ejecutivo de la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), se encuentra prohibido a los Estados devolver a una persona en condición de refugiado, a un territorio en el que su vida, libertad o integridad, corran peligro.
Lo anterior, independientemente de si ha adquirido tal estatus jurídico, conforme los parámetros establecidos para ello; esto con el fin de que se genere una protección efectiva de derechos.
“El principio de no devolución se aplica no solo a los refugiados reconocidos, sino que también a aquellos a quienes no se les ha declarado formalmente su estatuto”.
Es por ello, dijo, por lo que la prohibición de no devolución se ha desarrollado de tal forma que ha adquirido un carácter absoluto, tanto, que es considerada, según la oficina del Alto Comisionado de la ONU para los refugiados, las obligaciones de no devolución.
- Cinthya Denisse Mora Castro, reveló que como resultado de la expulsión del país de acogida, se expone a la persona en condición de refugio a una tortura inminente.
- Es por ello por lo que, se debe observar, a su vez, las obligaciones derivadas de la prohibición consagrada en el artículo 3 de la Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, de 1984.
“El derecho a la no privación de la libertad y la prohibición de su detención y, finalmente, las garantías mínimas en torno al derecho al debido proceso”.
Además, se debe reconocer los aciertos del procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado en el sistema jurídico mexicano.
Asimismo, como vislumbrar los obstáculos que aún enfrentan las niñas, niños y adolescentes no acompañados que buscan recibir asilo en México, relacionando los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos en la materia./Agencias-PUNTOporPUNTO