TEPJF confirma que comunicado “Gobernadoras y gobernadores de la 4TA. TRANSFORMACIÓN” es PROPAGANDA Gubernamental

Los mencionados funcionarios difundieron en sus cuentas de Twitter y Facebook un comunicado en apoyo al presidente de la República, sin considerar que vulneraron las reglas aplicables a la revocación de mandato.

El pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por unanimidad de votos, que el comunicado titulado “Gobernadoras y gobernadores de la 4ta transformación” consistió en propaganda gubernamental difundida en el periodo prohibido de la revocación de mandato, así como promoción personalizada y uso indebido de recursos públicos.

  • En su oportunidad, derivado de quejas interpuestas por los partidos Acción Nacional y Movimiento Ciudadano contra la jefa de gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y las gobernadoras y gobernadores de 17 estados, la Sala Regional Especializada determinó que lo anterior había constituido difusión de propaganda gubernamental durante el periodo prohibido de la revocación de mandato, promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos. Ante esta decisión se presentaron diversos medios de impugnación.
  • Los mencionados funcionarios difundieron en sus cuentas de Twitter y Facebook un comunicado en apoyo al presidente de la República, sin considerar que vulneraron las reglas aplicables a la revocación de mandato.

A propuesta de la magistrada Janine M. Otálora Malassis, en sesión pública por videoconferencia, la Sala Superior determinó la procedencia del procedimiento especial sancionador.

  • También que incurrieron en difusión de propaganda gubernamental dentro del comunicado denunciado, porque exaltaron logros del Presidente e hicieron referencia a diversos programas y acciones de su gobierno, lo que actualiza los elementos de la infracción indicada.
  • Además, el Tribunal determinó que no se requiere el uso de recursos públicos o símbolos del gobierno para que exista la infracción.
  • “El comunicado contiene el nombre y cargo del presidente; se le asocian positiva y benéficamente diversas obras y programas. Asimismo, señaló que la vulneración al principio de imparcialidad implica que se haga promoción para sí o cualquier otro servidor público, que en el caso fue para el Presidente”, determinó la Sala Superior.

Sobre el uso indebido de recursos públicos, confirmó lo determinado por la Sala Regional Especializada, en cuanto al uso de recursos públicos en los casos de Nayarit, Sonora y San Luis Potosí, pero no se acreditó para el resto de las gubernaturas./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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