La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), determinó que el presidente Andrés Manuel López Obrador no incurrió en difusión indebida de propaganda gubernamental durante el proceso de revocación de mandato, pero sí incumplió con una medida cautelar del INE.
- Lo anterior, luego de que el Partido Acción Nacional (PAN) denunció que durante el ejercicio de democracia directa se difundieron diversas infografías con logros de gobierno en la cuenta de Facebook del gobierno de México.
- Durante la sesión pública celebrada este jueves, el Pleno determinó que no existen pruebas de que el Ejecutivo Federal haya ordenado el diseño, publicación y difusión del referido material.
- Los magistrados concluyeron que el vocero de la presidencia, Jesús Ramírez Cuevas, y el jefe de Departamento adscrito a la Dirección de Comunicación Social de la Presidencia de México, sí incurrieron en la difusión de la referida propaganda gubernamental durante la “veda” de la revocación de mandato.
Lo anterior, dado que, al ser los responsables, entre otros, de la estrategia de difusión en las redes sociales del gobierno federal, debían verificar que los datos a publicar no violaran las reglas que rigen el mecanismo revocatorio.
En tal sentido, se dio vista al Órgano Interno de Control de la Presidencia, para que determine la sanción a que haya lugar.
- Determinaron además que López Obrador sí es responsable de incumplir con el retiro cautelar de esas infografías, una medida ordenada por el Instituto Nacional Electoral (INE), pero no puede ser sancionado en materia electoral.
- Y es que debido a su estatus de jefe de Estado, el Ejecutivo Federal carece de superior jerárquico y constitucionalmente solo puede ser juzgado por traición a la patria y delitos graves. Por el mismo incumplimiento también fue responsabilizado su vocero, Jesús Ramírez Cuevas.
El proyecto del magistrado Luis Espíndola Morales, fue aprobado por unanimidad con el respaldo de sus pares Gabriela Villafuerte y Rubén Lara Patrón./CONGRESO-PUNTOporPUNTO