SCJN declara INCONSTITUCIONAL PENALIZAR la POSESIÓN de más de cinco gramos de MARIGUANA

El fallo precisa que perseguir penalmente a los consumidores es castigar a las personas por su forma de ser, no por una conducta que afecte a la sociedad, a diferencia del narcomenudeo o el narcotráfico.

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de mariguana. De esta manera se desestima poner un límite a las cantidades de marihuana que una persona pueda traer consigo, siempre y cuando sea para uso personal. Al respecto, organizaciones civiles pidieron una revisión de fondo a este tema para evitar criminalizar a los usuarios que consumen cannabis.

  • ¿Cómo se puede ejercer el derecho a consumir cannabis sin permitir la posesión de la sustancia? Exhortamos a los Ministros de la 1ra sala de la SCJN que voten en contra del proyecto del Ministro González Alcántara— México Unido Contra de la Delincuencia.
  • Con un saldo de tres votos contra dos, la Primera Sala reprobó una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud (LGS), que desde 2009 solo permitía la posesión de menos de cinco gramos para consumo personal, en tanto castiga con diez meses a tres años de cárcel si excede esa cantidad.

El fallo precisa que perseguir penalmente a los consumidores es castigar a las personas por su forma de ser, no por una conducta que afecte a la sociedad, a diferencia del narcomenudeo o el narcotráfico.

  • El que se permita al Ministerio Público ejercer acción penal contra una persona que posea más de cinco gramos de cannabis para consumo personal, en realidad está castigando cualidades morales, la personalidad o el comportamiento personal; lo cual no tiene sustento Constitucional.— Refirió la primera sala de la SCJN.

Tras esta resolución, la asociación civil México Unido contra la Delincuencia se pronunció en contra de los ministros y precisó que lo que se debe tratar a profundidad es el delito de posesión simple de marihuana, esto con la idea central de evitar la discrecionalidad con que una autoridad puede decidir sí es para consumo personal o no.

Colocan plantón al exterior de la SCJN

El colectivo Plantón 420 realizó una protesta pacífica frente a la Suprema Corte de Justicia de la Nación tras la votación de la inconstitucionalidad de la portación simple de la cannabis.

Antecedente:

  • En junio de 2021, el Pleno de la Corte eliminó los artículos de la Ley General de Salud que prohibían absolutamente el consumo de cannabis, pero esa declaratoria general solo obliga a que la Secretaría de Salud expida permisos a los interesados, y no tuvo efectos en el ámbito penal ni protege a quienes no tengan dichos permisos.
  • De esta manera, salvo que pueda comprobarse que no es para consumo personal, la Suprema Corte de Justicia declaró que es inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana o cannabis./CONGRESO-PUNTOporPUNTO

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