La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, concedió una suspensión a la Fiscalía General de la República (FGR) para que no entregue, como le ordenó el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, las carpetas de investigación sobre Pío López Obrador, hermano del actual Presidente de la República.
“De no concederse la medida cautelar en los términos y para los efectos precisados, se causarían daños irreversibles, porque de otorgarse la documentación solicitada, sería imposible volver las cosas al estado en que se encontraban, permitiendo con ello que sus efectos se consumen irreparablemente; lo que resulta contrario la naturaleza jurídica de la medida precautoria de que se trata», refirió un acuerdo de la ministra.
- El pasado 22 de febrero, en sesión privada, por mayoría de cinco votos, los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenaron a la Fiscalía General de la República (FGR) entregar a la brevedad al Instituto Nacional Electoral (INE) la información relativa a la carpeta de investigación en curso en la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fisel) por los fajos de dinero que recibió Pío López Obrador, hermano del Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.
El INE recurrió al Tribunal debido a que transcurrió un mes desde que ordenó a la Fiscalía hacer entrega de la carpeta de investigación por la aparición de un video donde se observó a Pío López Obrador recibir en 2015 fajos de dinero de David León, ex coordinador nacional de Protección Civil.
Aquel 22 de febrero, con el voto en contra de los magistrados Mónica Soto Fregoso y José Luis Vargas Valdez, y en favor de los magistrados Janine Otálora, Indalfer Infante, Reyes Rodríguez, Felipe de la Mata Pizaña, Alfredo Fuentes Barrera, el Tribunal determinó que los incidentes de incumplimiento de sentencia presentados por Instituto Nacional Electoral (INE) son fundados, debido a que se demostró que la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales no ha entregado la información solicitada por el INE.
- Previamente, el 22 de diciembre, la Sala Superior del TEPJF ordenó a la Fisel entregar al INE la documentación relacionada con diversas carpetas de investigación a su cargo, ya que dicha información es necesaria para que el INE lleve a cabo procesos de fiscalización de los gastos de los partidos políticos.
- El INE presentó ante la Sala Superior un escrito en el que manifestó que han pasado más de 30 días sin que la Fisel cumpliera con la sentencia emitida por la Sala Superior del TEPJF; por tanto, y asumiendo que el secreto ministerial no se opone a la facultad de fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos, el INE solicitó al TEPJF que se pronunciara al respecto de la situación.
A propuesta de la magistrada Janine Otálora Malassis y del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, el pleno de la Sala Superior del Tribunal determinó que la sentencia ha sido incumplida por parte de la Fisel, pues no se han entregado las copias de las carpetas de investigación solicitadas al INE.
- Dada la situación y con el fin de velar por el debido cumplimiento de lo dictado en las sentencias, el TEPJF resolvieron ordenar a la FEDE cumplir con la sentencia principal a la brevedad.
Cabe destacar que la Fiscalía General de la República promovió ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una controversia constitucional con el propósito de evitar entregar al INE dicha información./CONGRESO-PUNTOporPUNTO