Una VACILADA LEY de AMNISTÍA de AMLO; expectativas muy DIFÍCILES de CUMPLIR: Expertos

Esta norma fue impulsada en el marco de la pandemia de COVID-19 también por el mandatario federal para liberar a personas que cometieron delitos no graves y evitar los contagios al interior de los centros penitenciarios.

A menos de dos semanas de la fecha que anunció el presidente Andrés Manuel López Obrador para dar amnistía a cientos de personas privadas de su libertad en cárceles federales, las expectativas podrían ser difíciles de cumplir.

  • El pasado 29 de julio, el mandatario anunció que firmaría un decreto para dar libertad anticipada a presos torturados; a personas recluidas por más de 10 años sin sentencia; a adultos mayores de 75 años; y de 65 con enfermedades crónicas.

Éste sería elaborado por la Secretaría de Gobernación la semana siguiente y los resultados se verían en poco tiempo. “El plazo de liberación no va a ser mayor al 15 de septiembre”, aseguró en su conferencia mañanera.

“Es importante que se tome en cuenta que hay muchos detenidos, reclusos, internos que no tienen sentencia y que no solo es fuero federal, también es fuero común y es la mayoría”, agregó.

  • El decreto anunciado en julio pasado por el presidente Andrés Manuel López Obrador tiene un antecedente: la Ley de Amnistía aprobada el 23 de abril de 2020
  • Sin embargo, a menos de 15 días de que se cumpla el plazo establecido, organizaciones como AsiLegal señalan que este decreto genera una expectativa difícil de cumplir.

Por ejemplo, quienes están en prisión preventiva por más de 10 años son personas acusadas por delitos graves, por lo que no son candidatas adecuadas para obtener este beneficio.

“La gente que está en un uso y abuso de la prisión preventiva durante muchos años no necesariamente es porque esté por un delito menor, sino porque está por un delito grave que no se le ha podido comprobar y que por lo tanto el proceso está tan retardado”, explica José Luis Gutiérrez Román, director general de AsiLegal.

Además, explica que también hay personas que también esperan hasta tres o cuatro años para que se les aplique el Protocolo de Estambul, el cual es el primer conjunto de normas internacionales para documentar la tortura y sus consecuencias.

“Me parece que es una muy buena medida, pero que también hay que tener mucho cuidado porque lo que está generando en muchas de las ocasiones es un descontento de la propia población, de la propia sociedad, que con estas cosas desconfían más del sistema de justicia porque no se cumple lo que se establece”, agrega.

Según las cifras del Órgano Administrativo Desconcentrado de Prevención y Readaptación Social (OADPRS), en México había 220 mil 393 personas privadas de su libertad hasta junio de 2021, de las que 28 mil 370 eran del fuero federal y de ese grupo, 12 mil 562 no tenía sentencia.

LEY DE AMNISTÍA, EL ANTECEDENTE

El decreto anunciado en julio pasado por el presidente Andrés Manuel López Obrador tiene un antecedente: la Ley de Amnistía aprobada el 23 de abril de 2020.

  • Esta norma fue impulsada en el marco de la pandemia de COVID-19 también por el mandatario federal para liberar a personas que cometieron delitos no graves y evitar los contagios al interior de los centros penitenciarios.

De acuerdo con la Ley, ésta aplicará a personas que hayan cometido delitos como robo simple y sin violencia; que pertenezcan a pueblos y comunidades indígenas y no hayan tenido interpretes o defensores en su lengua; o mujeres por delitos de aborto o contra la salud.

  • Un informe del Instituto Belisario Domínguez, del Senado de la República, indica que hasta el 22 de enero había mil 115 casos para dictaminar, de los que 942 eran hombres y 173 eran mujeres. Del total, 67 eran indígenas: 50 hombres y 11 mujeres.
  • Sin embargo, hasta el 22 de abril pasado, la Secretaría de Gobernación sólo había confirmado la liberación de cinco personas por procedencia de Amnistía, establece el documento dado a conocer en julio pasado.

Sobre por qué no se ha logrado la liberación de más presos, José Luis Gutiérrez Román menciona que una de las causas es que a las personas u organizaciones que presentan los casos se les pide toda la información socioeconómica de las poblaciones y muchas veces eso es muy complicado.

“Lo que no ha quedado claro es que esta Ley se aplica a mujeres y a personas que tienen contextos bastantes graves de abandono de vulnerabilidad, por lo tanto ni siquiera tienen una red de apoyo que les pueda ayudar para conseguir una acta de nacimiento o para conseguir un estudio socioeconómico.

“Han tardado tanto también en el contexto de aplicar la Ley de Amnistía, que muchas personas ya hasta obtuvieron su libertad porque estaban a punto de obtener un beneficio preliberacional”, agrega.

Sobre ambas propuestas, José Luis Gutiérrez dice que no necesariamente están enfocadas a despresurizar el sistema penitenciario, aunque éste sería un efecto.

“De facto eso lograrían, pero están impulsados a reconocer las vulnerabilidades y los contextos que viven ciertas personas al interior de los centros penitenciarios”, explica.

“¿Qué es lo que se tendría que hacer una vez que están en prisión y que es donde la cosa está tremenda con el tema de sus condiciones? Generar políticas públicas que contribuyan al derecho a la reinserción social”.- José Luis Gutiérrez Román, Director general de AsiLegal

Una medida que podría contribuir a la despresurización del sistema penitenciario es hacer uso efectivo de la Ley Nacional de Ejecución Penal y aplicar los beneficios que ésta establece como libertad anticipada, libertad condicionada y otras modalidades que se pueden dar por conducto de la libertad por política penitenciaria, menciona el director de AsiLegal.

Este problema de la sobrepoblación en los penales no es provocado por el propio sistema penitenciario, sino por el Poder Judicial porque los jueces alientan el tema de la prisión preventiva y no dan una alternativa a ésta.

SÓLO SE HAN LIBERADO 5 PRESOS

A poco más de un año de que el Congreso de la Unión aprobara la Ley de Amnistía para liberar de la cárcel a personas de grupos vulnerables acusadas por los delitos de aborto, contra la salud, sedición y robo, bajo ciertos criterios específicos, solo ha procedido la liberación de cinco personas.

  • Así lo informó el Instituto Belisario Domínguez (IBD) de la Cámara de Senadores, a través del estudio “Avances en el proceso de implementación de la Ley de Amnistía a un año de su entrada en vigor”, elaborada por la investigadora Susana Ramírez.

“La Secretaría de Gobernación confirmó cinco liberaciones por procedencia de amnistía, como resultado de las audiencias que se han tenido con jueces federales de entidades federativas para resolver sobre el otorgamiento del beneficio a treinta y ocho solicitudes recibidas por la Comisión en marzo del año en curso”, expresa el documento.

“Cabe destacar, que se observa que la información disponible en materia de solicitudes no cuenta con un mecanismo único y eficiente de datos y consulta que permita darle un seguimiento puntual al número de solicitudes presentadas, a los procesos de determinación y a las amnistía otorgadas o negadas”, expone el estudio del Senado.

  • De acuerdo con los datos aportados por la Comisión de Amnistía, el órgano encargado de recibir las solicitudes de liberación anticipada se contaba con mil 115 casos para dictaminar, de los cuales 942 eran hombres (84%) y 173 son mujeres (16%). De esos casos, 67 son personas indígenas, 56 hombres y 11 mujeres.
  • El documento del IBD refiere que en solo cinco entidades se ha aprobado una ley de amnistía estatal armonizada con la Ley de Amnistía de carácter federal: Hidalgo, Estado de México, Sinaloa, Tlaxcala y Durango.

Por otro lado, afirma que se requiere de otras acciones institucionales integrales y complementarias que ayuden a garantizar la no repetición de hechos similares y poder cumplir con el objetivo real del mecanismo.

Por ejemplo, es necesario avanzar en la despenalización del aborto para evitar que se siga encarcelando a las mujeres que ejercen sus derechos sexuales y reproductivos.

La investigación concluye señalando que la intervención del Senado resulta fundamental en el seguimiento de todos los procesos que giran en torno a las amnistías, con el fin de garantizar que sea un mecanismo de justicia eficiente, efectivo, rápido y de fácil acceso./Agencias-PUNTOPorPUNTO

Recibe nuestro boletín informativo, suscríbete usando el formulario