Los jueces Juan Pablo Gómez y Rodrigo de la Peza otorgaron suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron las reformas a la Ley de Hidrocarburos, al considerar que las mismas permitirán a Petróleos Mexicanos (Pemex) recuperar su papel monopólico, lo que impactará negativamente en las inversiones del sector y en los consumidores finales con un aumento de precios. Las suspensiones definitivas son con efectos generales.
- Grupo Base Energéticos, Distribuidora de Combustibles Mil, Viga Express, Pharaoh International Products, Antluc y Dalia Pilar Lamarque Picos obtuvieron la medida cautelar que frena las modificaciones a dicha legislación publicadas el 4 de mayo pasado en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Gómez Fierro señaló en su resolución que las reformas podrían abonar a que Pemex retome el papel monopólico que tenía hasta antes de la reforma energética, lo cual implicaría un retroceso para el desarrollo de todo el sector.
- Reiteró que los artículos 57, así como el cuarto y sexto transitorios, además de generar incertidumbre jurídica para los permisionarios, podrían ocasionar una reducción considerable del número de competidores en los sectores aludidos, otorgando poder de mercado a Pemex y reduciendo las condiciones de oferta.
Esto podría derivar en el aumento de precios de los bienes y servicios ofrecidos a lo largo de la cadena de valor de los mercados de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos, con el correspondiente impacto negativo para los consumidores finales.
De la Peza argumentó que la reforma genera un cambio imprevisible e intempestivo contra los inversionistas privados, ya que la reforma energética de 2013 pretendió generar un “estado de confianza legítima” para proyectos de largo plazo.
“Existe la posibilidad de que la parte quejosa demuestre que es contrario al texto constitucional, que Pemex recupere una posición de agente preponderante en el sector, y no sea un participante más del mercado, en perjuicio de la postura que incipientemente han alcanzado las empresas privadas, lo cual merma los motivos sustanciales de la reforma Constitucional”, indicó.
- El gobierno, según lo establece el artículo 57 de la reforma, puede realizar la “ocupación temporal, la intervención o suspensión» en relación con los permisos otorgados con base en la Ley de Hidrocarburos, y contratar a Pemex para el manejo y control de las instalaciones ocupadas.
Los dos transitorios se refieren a la revocación de los permisos que incumplan los requisitos establecidos como el almacenamiento determinado por la Secretaría de Energía.
- Al respecto, Gómez Fierro aseguró que, al eliminar la posibilidad de que las empresas privadas puedan ser contratadas para manejar y controlar las instalaciones de los permisionarios que sean ocupadas, intervenidas o suspendidas, el artículo 57 otorga exclusividad a Pemex y sus subsidiarias sobre este tipo de contrataciones, pues excluye a las empresas de participar en tales actividades, lo que afecta a la población en general, al permitir ventajas competitivas a un solo participante del mercado.
En el caso de los transitorios reclamados, el juzgador indicó que podrían reducir el número de participantes en los mercados de combustibles, en perjuicio también de los consumidores finales.
- Esto porque los artículos transitorios permiten establecer de «forma arbitraria» los requisitos de almacenamiento que serán sancionados, y abren la posibilidad de que tanto las conductas graves como las irrelevantes, puedan ser castigadas, en todos los casos, con la revocación del permiso, lo que puede ocasionar sanciones excesivas.
“El establecimiento de un esquema único de sanción, podría dar lugar a la revocación indiscriminada de permisos (…), pues, cualquier incumplimiento será sancionado con la revocación de estos títulos habilitantes”, señaló Gómez Fierro.
De la Peza López Figueroa concedió la medida para que se suspendan efectos de los artículos 51, 57, 59 bis y los transitorios cuarto y sexto.
Estas suspensiones pueden ser impugnadas para que un tribunal colegiado especializado en la materia resuelva si confirma, revoca o modifica la decisión de los jueces.
Tardaría un año
Juan Manuel Zamora, consultor y defensor jurídico del Despacho Defensa Legal Energética, quien se encuentra a cargo de dos amparos correspondientes a 30 empresas afectadas por la reforma, explicó que la resolución final a los juicios presentados hasta ahora pudiera alcanzarse hasta dentro de un año, ya que aproximadamente dentro de un mes se realizará una audiencia en Primera Instancia ante el juez Gómez Fierro, donde se analizará si la reforma es acorde con la Constitución.
- “La primera instancia estará terminando en un periodo de tres a seis meses, mientras que la segunda quizá podría llevar cuatro meses. Por lo que entre 10 meses y un año podría estarse resolviendo el asunto”, detalló.
Gonzalo Monroy, director de GMEC, aseguró que la suspensión da certidumbre al sector.
“Se está avanzando en un camino que abona a una mayor certidumbre a todos los actores, tanto para los inversionistas, como para sus operaciones”, indicó.
“La suspensión da claridad en un momento de alta incertidumbre y es positivo porque abona a la certeza de que hay un Poder Ejecutivo y Judicial, que actúa independiente de las decisiones políticas”, agregó.
IP celebra
El sector patronal del país celebró las suspensiones definitivas otorgadas por Gómez Fierro y De la Peza, por considerar que afectan la libre competencia, e hizo un llamado al Ejecutivo a respetar las decisiones del Poder Judicial.
- “En Coparmex celebramos la decisión de los jueces Juan Pablo Gómez y Rodrigo de la Peza, quienes este lunes otorgaron suspensiones definitivas a seis empresas que impugnaron las reformas a la Ley de Hidrocarburos que afectan la libre competencia”, señaló el organismo empresarial en su cuenta de Twitter.
Reiteró que las reformas aprobadas por los diputados y senadores no ayudan a la recuperación económica de México, pues inhiben las inversiones y generan incertidumbre entre los empresarios./Agencias-PUNTOporPUNTO