Hasta ahora existen por lo menos 120 amparos en contra de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE), a lo que se agrega un acto de inconstitucionalidad efectuado por los senadores de oposición, expuso Roger González, presidente de la Comisión de Energía del Consejo Coordinador Empresarial (CCE).
- Añadió que ya han sido aprobados “muchos (amparos) de suspensión provisional, pero también hay muchos de suspensión permanente”, expresó al participar en el foro Energía 2021, organizado por la American Society México.
- Además, comentó que ya se están preparando controversias transnacionales para también recurrir a amparos bajo acuerdos internacionales como el Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), el Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea (TLCUEM) y el Acuerdo Transpacífico.
Ante dicho panorama, González subrayó que la emisión de todos estos recursos legales es una pérdida de tiempo, ya que el sector empresarial no busca entrometerse en ese tipo de asuntos, ya que su principal cometido es aplicar sus inversiones en miras de construir la infraestructura que el país necesita.
- Refirió también que entre 2018 y 2020, los capitales privados han disminuido 75% dentro del sector energético como consecuencia de las políticas energéticas por parte del actual Gobierno, por lo que “el daño ya está hecho en la inversión”, resaltó.
Sostuvo que, hasta donde ha llegado la reforma, y aunque probablemente sea declara como inconstitucional, esto ya laceró también las inversiones.
En tanto, resaltó que el proceso legal será largo, y lo puede ser aún más dependiendo si el asunto llega a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
COFECE interpone controversia constitucional
La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) interpuso una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) contra el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica (LIE).
“A juicio de esta autoridad las medidas contenidas en el Decreto son contrarias a la Constitución y eliminan las condiciones necesarias para que exista una dinámica de competencia en el mercado eléctrico, lo que se traduciría en una perturbación en las condiciones de oferta de la electricidad, así como en daños al consumidor y a la economía en general”, manifestó el organismo que preside Alejandra Palacios.
- Anteriormente, la Cofece presentó una controversia constitucional en la SCJN, con la que frenó la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad en el Sistema Eléctrico Nacional, que daba prioridad a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en el despacho de energía respecto a las empresas que operan energía renovable.
Tras la resolución del juez, la Secretaría de Energía tuvo que declarar insubsistente el acuerdo por el que emitió esa política.
- En esta nueva controversia, la Cofece argumentó que parte de su contenido es contrario a los artículos 25, 27 y 28 constitucionales, que ordenan un régimen de competencia en los mercados de generación y suministro de electricidad.
Señaló que esa contrariedad afecta a la esfera de competencial de la Cofece al impedirle garantizar la competencia y libre concurrencia en el sector eléctrico
“Bajo el esquema constitucional vigente es fundamental que existan ciertos requisitos para que los mercados de generación y suministro puedan operar en condiciones de competencia”, declaró la Cofece.
- Detalló que esos requisitos son: la posibilidad de acceso abierto y no indebidamente discriminatorio de cualquier generador a las redes de distribución y transmisión eléctrica y que el despacho de energía se rija por criterios objetivos y de eficiencia.
Además, que el Centro Nacional de Control de Energía, como operador, y el regulador, la Comisión Reguladora de Energía, operen de manera independiente e imparcial, sin favorecer ni otorgar ventajas indebidas a ningún participante.
- La Cofece expuso que el Decreto que se impugna, quebranta la regla de acceso abierto y no discriminatorio a las redes de distribución y transmisión, lo que reduce la capacidad de competir de ciertos generadores y comercializadores.
- A su vez, elimina el criterio de despacho económico de las centrales eléctricas, otorgando ventajas indebidas en favor de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y anulando la capacidad de competir de otros agentes en el eslabón de generación.
“El decreto diluye la regla de acceso abierto a las redes, habilitando negativas de acceso a este insumo indispensable cuando no existan impedimentos o justificaciones legítimas para ello y permite a suministradores del servicio básico, específicamente a la CFE, la adquisición de la energía a través de métodos no competidos, ampliando indefinidamente el régimen legado, que originalmente era transitorio”, explicó la Cofece./Agencias-PUNTOporPUNTO